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ALMERÍA, 5 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a 20 años de prisión a V.I.M. por asesinar a un compatriota en el cortijo que ambos compartían en el diseminado de Saladar y Leche de Níjar (Almería), donde le inflingió gravísimas lesiones por las que tuvo que ser hospitalizado y que le provocaron la muerte un mes de después cuando el acusado ya se había marchado a Rumanía.
Conforme al veredicto unánime de culpabilidad dictado por un jurado popular, la magistrada-presidenta Társila Martínez condena al acusado por un delito de asesinato con alevosía por el que, además, deberá indemnizar a la familia del finado con 120.00 euros. Tampoco podrá comunicarse con sus allegados ni acercarse a ellos durante 30 años.
La resolución judicial, consultada por Europa Press y contra la que cabe recurso, apunta que los hechos tuvieron lugar a partir de las 22.30 horas del 17 de junio de 2021 cuando el acusado, en un momento dado, se dirigió hacia la habitación de la víctima “con la intención de causarle la muerte” mientras esta descansaba.
La víctima se encontraba “totalmente desprevenida” cuando el acusado comenzó a golpearle por todo el cuerpo y en la cabeza, lo que fue visto por un tercer compañero de piso, quién acudió en auxilio de la víctima al escuchar los gritos de ésta “pidiendo ayuda”.
El perjudicado tuvo que ser ingresado de gravedad en el Hospital Universitario Torrecárdenas, donde permaneció un mes hasta que falleció. La víctima sufrió una infección por sepsis durante su estancia en el hospital, aunque la misma se debió a que tenía “su sistema inmunológico deprimido por el daño cerebral”, según apunta la sentencia.
El jurado descartó por falta de prueba que se produjera algún tipo de “pelea” entre la víctima y el acusado, quien no presentaba lesiones derivadas de un posible enfrentamiento según apreciaron en base a las declaraciones del dueño de la vivienda y de la Guardia Civil que acudió a la zona. Tampoco se aportó un parte de lesiones al respecto.
Del mismo modo, rechazó la versión exculpatoria que ofreció al asegurar que supo de la muerte de quien fue de su compañero una vez que fue detenido en Rumanía en virtud de una orden europea de detención y entrega, que obligó su trasladado hasta Madrid en enero de 2024.
También desestimó el jurado que el acusado sufriera “una plena intoxicación por el consumo de bebidas alcohólicas” en el momento de los hechos, no solo por la falta de test de alcoholemia que avalaran dicha posibilidad sino porque los agentes que le tomaron declaración tampoco apreciaron signos de intoxicación etílica.
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