ALMERÍA, 3 (EUROPA PRESS)
El Ayuntamiento de Almería y los colegios profesionales de arquitectos, arquitectos técnicos e ingenieros han firmado un convenio de 200.000 euros anuales para verificar el cumplimiento de normativa técnica y urbanística, así como el control de actuaciones sujetas a declaración responsable.
Según ha indicado el Consistorio en una nota, el convenio, enmarcado en el compromiso municipal de simplificación y agilidad administrativa, tendrá una duración de dos años, prorrogable por periodos iguales.
El convenio “supone una simplificación de procedimientos” gracias a una mayor colaboración y comunicación, más fluida y productiva, entre la administración y los profesionales del sector, lo que también repercute en “una mayor transparencia en la gestión de los trámites urbanísticos”.
Según sostiene el Ayuntamiento de Almería, este acuerdo “facilita la correcta difusión, interpretación y aplicación respecto de los servicios de comprobación de la normativa técnica y urbanística”.
Además, “facilita el control de ejecución de actuaciones legalmente sometidas a procedimiento de declaración responsable, mejorando y agilizando en este sentido la gestión respecto de este procedimiento”.
En ese objetivo de la mejora de la gestión y planificación corresponderá al Ayuntamiento la recepción de las declaraciones responsables y comunicaciones previas, la realización de requerimientos, en el caso de que fueran necesarios, y proceder a aquellas que en materia de disciplina urbanística y medioambiental puedan proceder en cada caso.
En estos procedimientos se incluye la intervención de los profesionales de estos Colegios para la elaboración de los informes que acrediten que la documentación presentada cumple con los requisitos técnicos y urbanísticos, y la adecuación de las obras de acuerdo a proyectos concretos.
En 2024 se han tramitado, según apunta el Consistorio a través de la Gerencia Municipal de Urbanismo, más de 1.300 declaraciones responsables con intervención de técnicos para su supervisión. De ellas, 1.108 corresponderían a obra y 206 a ocupación.
CONTENIDOS DE LA COLABORACIÓN
Una vez que el Ayuntamiento de Almería ha efectuado la comprobación de que una declaración responsable es completa a nivel documental, podrá remitir la documentación técnica asociada (Proyecto Técnico o Memoria Valorada) al Colegio Profesional al que pertenece el técnico que la suscribe, todo ello en el ámbito de aplicación de la LOE.
Una vez recibida, el Colegio Profesional correspondiente remitirá al Ayuntamiento el informe técnico relativo a dicha documentación en el plazo máximo de 15 días hábiles.
Si la documentación cumple con todos los requisitos técnicos y urbanísticos, el informe será favorable. En caso de que se detecten incumplimientos normativos no esenciales cuya corrección se considere necesaria, se emitirá un informe pendiente, en el que se detallarán los aspectos que deben ser subsanados.
Por el contrario, si existen incumplimientos normativos de carácter esencial que impidan el desarrollo de la actuación en sus términos básicos, el informe será desfavorable e incluirá los motivos que hacen inviable la propuesta.
En el caso de aquellas actuaciones que, aun estado sometidas a declaración responsable, deban contar con un Proyecto y Dirección Facultativa conforme a lo establecido en la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación, el Promotor vendrá obligado a presentar en el plazo de un mes desde su finalización, Certificación Final de Obra suscrita por técnico competente.
En este caso, el técnico que ejerza la funciones de Dirección Facultativa, además deberá solicitar la visita de inspección al Colegio Oficial al que pertenezca, que asignará un técnico para realizar un informe en el que se acredite la adecuación de las obras al título vigente.
Desde la solicitud de visita de comprobación hasta la emisión de la certificación de adecuación dicho título no podrán transcurrir más de quince días hábiles. Dicho informe se deberá remitir al Ayuntamiento junto con el Certificado Final de Obra.
En el caso de aquellas actuaciones sometidas a declaración responsable con intervención de técnico, pero sin proyecto conforme a lo establecido en la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación, a solicitud del Ayuntamiento, dentro del plazo de ejecución de la actuación.
El objetivo de esta visita será verificar la adecuación de la ejecución de las obras al título habilitante en vigor y emitir el informe correspondiente, que deberá ser remitido en el plazo máximo de 15 días hábiles desde su solicitud.
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