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El acusado de causar la muerte de dos ciclistas reconoce haber conducido bajo los efectos del alcohol y haberse quedado dormido al volante

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ALMERÍA, 30 (EUROPA PRESS)

El joven de 24 años acusado de matar a dos ciclistas al arrollarlos con el turismo que conducía por la AL-3108 a la altura del mirador de La Amatista, en Níjar (Almería), en julio de 2022 ha afirmado en sala que se quedó “dormido” al volante, aunque ha reconocido que “iba un poco bebido”.

En el juicio celebrado este viernes en la Audiencia Provincial, que ha quedado visto para sentencia, el procesado ha explicado ante el tribunal de la Sección Tercera que había estado “trabajando” y que, al salir, tomó “unas cervezas”.

“Pensaba que estaba bien para coger el coche; iba camino a mi casa cuando pasó esto. Me quedé dormido y pasó lo pasó. Yo lo siento”, ha trasladado para precisar a preguntas del fiscal que fue “durante un par de segundos” antes de producirse “el impacto”.

Interrogado por una de las dos acusaciones particulares personadas en la causa, por la que se enfrenta a una pena de seis años de cárcel por un delito contra la seguridad vial, y dos delitos de homicidio imprudente, el acusado ha asegurado también no “recordar” ni haber adelantado a una “gran velocidad” a otro turismo ni nada previo al doble atropello mortal. “Cuando me di cuenta, había pasado ya”, ha apuntillado.

Por su parte, los agentes de la Guardia Civil de Tráfico han indicado que el accidente, una salida de vía por la margen izquierda aunque el turismo acabó “en la margen derecha, volcado”, se produjo por una “velocidad inadecuada” en un tramo “debidamente señalizado con una advertencia de peligro y curvo”.

“Iba a más velocidad de 50 kilómetros por hora, eso seguro y además circulaba con una rueda de repuesto, que incita más a la prudencia”, ha subrayado.

Ha remarcado que, pese a que tardaron una hora en llegar al lugar del siniestro, el conductor presentaba “síntomas claros de estar bajo los efectos del alcohol” y ha apuntado que los testigos dijeron que “iban circulando en grupo cuando apareció el vehículo y colisionó con los dos primeros ciclistas”.

Precisamente uno de los testigos, integrante del grupo ciclista que ha comparecido en sala, ha descrito cómo “casi llegando a la curva” escuchó “un ruido” y vio, antes de “esquivarlo echándose a la izquierda”, como un coche “se metía y como atropellaba a los dos chavales que iban delante de mi”.

“Iba muy fuerte en la curva, racheando ruedas, intentó corregirse, no salirse de la carretera por no tomar la curva en condiciones y pensé ¡Dios mio, ¿esto qué es? Y pude esquivarlo, me tiré a la izquierda y me salve, pero ellos no pudieron reaccionar”, ha destacado.

FISCAL RECHAZA LAS ATENUANTES DE CONFESIÓN Y REPARACIÓN DEL DAÑO

En el trámite de informes, las partes han elevado a definitivas sus conclusiones y el fiscal ha incidido en que el joven ha reconocido que estaba “bajo los efectos del alcohol” y que, por este motivo, “se quedó dormido, perdió el control y acabó con la vida de dos personas”.

Tras destacar que no hay debate sobre los hechos, el Ministerio Público se ha centrado en la pena a imponer, seis años de cárcel, y ha rechazado que proceda aplicar ninguna atenuante ya que, si bien en juicio, el acusado ha reconocido los hechos, “no declaró en instrucción y no se aplica la atenuante de confesión tardía al no haber puesto de manifiesto hechos nuevos, relevantes o no conocidos al estar probado que bebió previamente”.

Con respecto a la atenuante de reparación de daños, ha considerado que tampoco concurre porque en el caso de daños corporales, estos son irreparables”. “Ha sido la compañía de seguros y no él, personalmente, quien ha consignado la indemnización”, ha apuntado para remachar la “gravedad” de los hechos “con una grave conducta” por parte del acusado también “en lo que se refiere a normas de tráfico”.

Una de las acusaciones ha destacado que circulaba “de manera temeraria y a gran velocidad”, que no había “huellas de frenada” en el tramo de carretera donde se produjo el accidente y que el impacto “fue de tal virulencia” que no cabe “reparación de año”.

Por último, la defensa del joven de 24 años ha asegurado que sí existe “una reparación significativa” del daño y ha pedido que se fije la pena por los homicidios imprudentes en “su mitad inferior”, mientras que con respecto al delito contra la seguridad vial ha apuntado que no habría quedado acreditado el “exceso de velocidad”.

Al margen de la pena privativa de libertad, el fiscal pide otro nueve años más de prohibición de conducir vehículos a motor con la pérdida del permiso vigente.

1,51 GRAMOS POR LITRO DE ALCOHOL ETÍLICO EN SANGRE

El accidente se produjo 24 de julio del pasado año sobre las 9,30 horas de la mañana. Así, mientras circulaba por la carretera AL-3108 (Almería) que conecta la A-7 con San José a través de Los Nietos y que sirve de acceso al Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, el acusado “invadió el sentido contrario” de la carretera al entrar en una curva “a causa de la referida ingesta de alcohol” junto cuando por la vía circulaba “reglamentariamente” un grupo de ciclistas.

Des este modo, el vehículo se salió “parcialmente de la carretera, invadiendo con ello el arcén izquierdo” lo que dio lugar a una colisión frontal contra dos los ciclistas.

La Guardia Civil, que se personó en minutos en el lugar de los hechos, apreció en el conductor “síntomas de haber ingerido bebidas alcohólicas tales como olor a alcohol, halitosis alcohólica notoria a distancia y habla pastosa”.

De este modo, procedieron a solicitar la analítica de muestras de sangre del acusado, que fue autorizado judicialmente, y que dieron como resultado 1,51 gramos por litro de alcohol etílico en sangre cuando, conforme a los datos de Sanidad, el límite en términos generales está fijado en 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre.

Ambos ciclistas fallecieron a causa de un traumatismo craneoencefálico severo. Ambos estaban casados y con hijos, de modo que sus familias reclaman. En concreto, la Fiscalía pide para ellos indemnizaciones por encima de los 427.800 euros a las que ha respondido como responsable civil directo la compañía aseguradora.


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