SEVILLA, 22 (EUROPA PRESS)
UGT-A ha valorado como un “hito histórico” la resolución emitida por el Comité Europeo de Derechos Sociales en la que falla contra la regulación española de las indemnizaciones por despido improcedente.
En un comunicado, el sindicato ha reivindicado que este fallo, que hará público este órgano el próximo 29 de julio, se produce en contestación a la denuncia que hizo UGT en 2022, y ha destacado que el mismo puede afectar a unas 20 mil sentencias de despido que se producen cada año en Andalucía.
Según ha detallado, “el Comité considera que la legislación española no cumple los requisitos de la Carta Social Europea y, como pedía UGT, reconoce que el precio del despido debe de ser disuasorio para el empresario y compensatorio para la persona trabajadora”.
Al respecto, el sindicato a nivel nacional puntualizó esta mañana en rueda de prensa que las indemnizaciones medias en el país por un despido injusto está en alrededor de 9.000 euros. “Esto no tiene ningún carácter ni disuasivo ningún carácter restaurador. Extinguir un contrato de trabajo sale demasiado fácil”, denunció el vicesecretario general de política sindical de UGT, Fernando Luján.
Así, la sentencia “destopa” los dos años máximos de indemnización, y señala la conveniencia de establecer un mínimo, “como existe en otros países europeos de seis mensualidades”, según refiere UGT-A, además de añadir que “de los argumentos expuestos también debe de volverse a una compensación de 45 días por año trabajado”.
Además, señalan que la sentencia de Estrasburgo introduce el concepto de daños morales e impacto personal, lo que permite a los tribunales laborales españoles “ajustar la compensación basada en daños reales sufridos por los trabajadores despedidos”.
Otra idea “clave” para el sindicato es que “se recuperan los salarios de tramitación”. Es decir, si la sentencia es por despido improcedente, el trabajador tiene derecho a percibir los salarios “desde el momento en que fue despedido”.
En palabras de UGT-A, la resolución del Comité de Derechos Sociales supone que el empresario que despide, por causas no objetivas, no debe de conocer cuánto le va a costar despedir a la persona trabajadora, para que sea realmente disuasorio despedirla.
“Estamos muy orgullosos desde UGT de esta decisión europea, que ya ha sido aplicada en dos sentencias de tribunales españoles, y negociaremos con el Gobierno las modificaciones legales pertinentes para que sea lo más efectiva posible en defensa de la clase trabajadora”, concluye el sindicato.
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