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TSJA ratifica más de 30 años de prisión para dos acusados por el secuestro y asesinato de cinco personas

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CÁDIZ, 20 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz contra dos acusados –el dueño de la casas y el conductor de la furgoneta– en el secuestro de cinco personas de Chipiona, que incluyó el asesinato de uno de ellos, por la desaparición de un alijo de droga. Así, tras desestimar el recurso presentado por estos dos acusados –eran seis en total–, la Audiencia confirma la pena de prisión de más de 30 años para cada uno.

Cabe recordar que este caso fue juzgado en la Audiencia Provincial por un jurado popular que declaró culpable de los hechos a los seis acusados por delitos de detención ilegal, lesiones con instrumento peligroso y tenencia ilícita de armas, a lo que a uno de ellos se le sumaba un delito por conducción temeraria y a otro, el autor de la puñalada que acabó con la vida de uno de los secuestrado, un delito por asesinato.

El jurado dio por probado que los seis condenados, en septiembre de 2019, secuestraron a cinco hombres y les propinaron numerosas palizas por la desaparición de un alijo de droga. Los amordazaron y maniataron para luego golpearlos con bates de béisbol, palos y navajas, además de con escopetas y pistolas. Tras horas de torturas los metieron a una furgoneta “todavía atados, amordazados y con los ojos tapados con cinta de embalaje”, y tras soltarse las manos uno de ellos, recibió un navajazo en el pecho.

Posteriormente, fueron arrojados los tres gravemente heridos, el apuñalado aún con vida, desde la furgoneta en marcha en la carretera A-480 entre Chipiona y Sanlúcar. El suceso tuvo su origen en lo que en el argot policial se conoce como un vuelco, es decir, narcos que roban a otros narcos.

Por ello, el propietario de la casa de campo en la que fueron secuestrados y torturados las cinco víctimas fue condenado por la Audiencia Provincial a una pena de dos años y medio por cada uno de los seis delitos de detención ilegal, además de cuatro años de prisión por cada uno de los tres delitos de lesiones con instrumento peligroso, otros dos años y seis meses por un delito de lesiones con instrumento peligroso y dos años más de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas prohibidas en concurso de normas con un delito de tenencia ilícita de armas de fuego (arma larga).

Por su parte, el secuestrador que fue detenido tras una persecución policial a la furgoneta que conducía y en la que habían viajado y tirado a las víctimas fue condenado a tres años y medio por cada uno de los seis delitos detención ilegal, además de cuatro años y medio de prisión por cada uno de los tres delitos de lesiones con instrumento peligroso, otros cuatro años por un delito de lesiones con instrumento peligroso, dos años más de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas prohibidas en concurso de normas con un delito de tenencia ilícita de armas de fuego (arma larga) y un año y tres meses por conducción temeraria.

Esta sentencia fue recurrida por el abogado de ambos alegando falta de fundamentación racional del veredicto del Jurado en lo que se refiere a su participación en los hechos descritos como autores, lo cual ha sido desestimado en su totalidad por el TSJA, que ha ratificado la sentencia puesta por la Audiencia.


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