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Tribunales.- TSJA revoca dos rebajas de sentencia por la Ley del ‘solo sí es sí’ y confirma la reducción de otra

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CÁDIZ, 13 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado cinco autos relacionados con delitos sexuales, tras la presentación de recursos por parte de la Fiscalía, por los que revoca la rebaja de un año de prisión decretada para dos acusados tras su revisión como consecuencia de la Ley del ‘sólo sí es sí’, confirma la reducción en dos años para un acusado en otra de ella y considera que no da lugar a la revisión para otras dos sentencias con condenados por abuso sexual.

Según los autos del TSJA, recogidos por Europa Press, en el primero de ellos estima el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal y revoca la resolución dictada por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz en la que rebaja la pena de prisión de ocho a siete años para un condenado por agresión sexual. A juicio del TSJA, no es procedente la revisión de la sentencia origen de la ejecutoria.

El segundo de los autos dictados por el TSJA también revoca, tras recurso de la Fiscalía, la rebana de prisión de tres a dos años por un delito de abuso y agresión sexual dictada por Sección Cuarta de laAudiencia Provincial de Cádiz, manteniendo la misma pena impuesta, de tres años, en sentencia al condenado.

Por contra, el TSJA ha desestimado el recurso de la Fiscalía contra el auto dictado por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz, que acordó la revisión de la sentencia dictada contra un condenado por un delito continuado de abusos sexuales y sustituyó la pena de ocho a seis años de prisión, confirmando dicha resolución íntegramente.

Además, el TSJA ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por un condenado a cuatros años y medio de prisión por un delito continuado de abusos sexuales. El condenado había presentado recurso frente al auto dictado por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz en el que denegaba la revisión, por lo que el confirma la resolución de la Audiencia de no rebajar la pena.

Finalmente, un quinto auto del TSJA desestima también el recurso planteado por la defensa de un condenado a 12 años de prisión por abuso sexual continuado tras haberle denegado la Audiencia Provincia la revisión en base a la Ley del ‘sólo sí es sí’. A juicio del Tribunal andaluz “no ha lugar a acordar la revisión de la pena impuesta”.


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