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Tres ex altos cargos en la pieza ERE de Surcolor han sido absueltos, mientras que otros dos y un exsindicalista de UGT han sido condenados a prisión

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La Audiencia reconoce la situación de cosa juzgada en el caso de los tres ex altos cargos absueltos

SEVILLA, 9 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Sevilla ha absuelto al exconsejero de Empleo Antonio Fernández, al exviceconsejero del ramo Agustín Barberá y al ex director general de Trabajo Juan Márquez de las acusaciones que afrontaban por las ayudas de 2,3 millones de euros concedidas por la Junta de Andalucía a las empresas Surcolor y Surcolor Óptica para las indemnizaciones por despido de 24 empleados y dos personas más ajenas a la plantilla, merced al mecanismo de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos.

Con todo, el tribunal ha condenado a tres años y medio de cárcel al ex delegado de Empleo en Sevilla Antonio Rivas, a tres años al ex director general de Trabajo y Seguridad Social Daniel Alberto Rivera, y a tres años y dos meses al exsindicalista de UGT Juan Lanzas.

Así figura en esta nueva sentencia de la macrocausa de los ERE fraudulentos incentivados con fondos autonómicos, emitida el pasado 7 de enero y difundida por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), después de que el juicio de esta pieza separada finalizase el 6 de noviembre de 2023.

El juicio fue promovido contra el exconsejero de Empleo Antonio Fernández; el exviceconsejero del ramo Agustín Barberá; los exdirectores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero, Juan Márquez y Daniel Alberto Rivera, y el exdelegado de la Consejería de Empleo en Sevilla Antonio Rivas, pesando la muerte de Guerrero en 2020.

NUMEROSOS ACUSADOS

Asimismo, esta pieza de los ERE afecta al exsindicalista de UGT Juan Lanzas, el presunto ‘testaferro’ Juan Francisco Algarín, los extrabajadores de Vitalia Antonio Albarracín y Jesús Bordallo, un abogado, dos ‘intrusos’ –uno de ellos concuñado de Antonio Rivas–, los responsables de Surcolor Manuel Rafael Castilla Bustamante y Antonio Manuel Bustamante León y el otrora responsable de la Federación de Industrias Textil-Piel, Químicas y Afines (Fiteqa) de CCOO de Sevilla José Hurtado.

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Durante el juicio, recordémoslo, la Fiscalía y las defensas solicitaron insistentemente la “retirada de la acusación” contra el exconsejero socialista de Empleo Antonio Fernández; el exviceconsejero del ramo Agustín Barberá y el exdirector general de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez, una vez emitida la sentencia del Tribunal Supremo resolutoria de los recursos de casación planteados contra la sentencia inicial de la Sección Primera de la Audiencia, que condenaba a los mismos y a otros ex altos cargos de la Junta, entre ellos los expresidentes autonómicos Manuel Chaves y José Antonio Griñán; por el denominado como “procedimiento específico” de financiación con fondos públicos de los citados ERE fraudulentos y ayudas arbitrarias y sin publicidad a empresas.

El fiscal, en ese sentido, manifestaba que la sentencia del Supremo que ratificaba la condena por malversación impuesta a estos tres ex altos cargos de la Junta de Andalucía por el “procedimiento específico” de financiación de los ERE, o sea el mecanismo administrativo mediante el cual era aplicado el dinero público; ya “incluye todas las disposiciones de fondos públicos realizadas por los acusados” durante el ejercicio de sus responsabilidades como cargos públicos. Al punto, recordaba que todos estos fondos fueron consignados con cargo a la partida presupuestaria 31L de los fondos autonómicos.

EL GIRO EN EL TC

Sobre el asunto, además, pesa la decisión del Tribunal Constitucional de estimar parcialmente los recursos de amparo de numerosos de los acusados en la pieza del “procedimiento específico”, como los expresidentes autonómicos y el propio Antonio Fernández, anulando las condenas que les impuso la Audiencia y ordenando a dicha instancia que dicte nuevas resoluciones con la directriz de incorporar una nueva doctrina.

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Porque según el TC, “no cabe considerar que la participación en la aprobación de anteproyectos de ley de presupuestos y su aprobación como proyectos de ley pueda ser calificada como resoluciones recaídas en asunto administrativo”.

En ese sentido, la Sección Tercera de la Audiencia, a la hora de absolver a estos tres encartados, invoca la sentencia del Supremo que estima los recursos de casación de Fernández y Márquez contra la sentencia de esta misma sección que les condenaba por la pieza separada de la macrocausa relativa a las subvenciones autonómicas a la empresa de Dos Hermanas Aceitunas y Conservas (Acyco).

En ese sentido, y merced a la petición de la Fiscalía, el Supremo determinó en esa sentencia invocada ahora que todas las ayudas socio-laborales y disposiciones de fondos concedidas incluidas en el programa 31L están comprendidas en la estimación de la vulneración del derecho a la legalidad penal del Constitucional, en alusión a la decisión del TC de estimar parcialmente los recursos de amparo de los principales condenados en la causa del “procedimiento específico”, anular las sentencias iniciales de la Sección Primera de la Audiencia y ordenar a la misma que dice nuevas resoluciones incorporando su nuevo criterio sobre el asunto.

COSA JUZGADA

Por eso, la Sección Tercera absuelve a estos tres acusados al reconocer su situación de cosa juzgada y, asimismo, también absuelve a otros dos acusados, en concreto el ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero y uno de los “intrusos”, por causa de extinción por fallecimiento.

A partir de ahí, condena al ex director general de Trabajo Daniel Alberto Rivera por un delito continuado de prevaricación en concurso con un delito continuado de falsedad en documento oficial y con un delito de malversación, con las atenuantes de dilaciones indebidas y de reparación del daño, y le impone tres años de prisión, una multa de 452 euros y 24 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

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En cuanto al exdelegado provincial de Empleo Antonio Rivas, el tribunal le condena a tres años y seis meses de cárcel y siete años de inhabilitación absoluta como cooperador necesario de un delito continuado de prevaricación en concurso con un delito continuado de malversación, con la atenuante de dilaciones indebidas, absolviéndolo del delito de tráfico de influencias que le fue atribuido en el juicio por la acusación particular ejercida por la Junta.

El tribunal impone además condenas de entre un año y tres años y dos meses de cárcel a los otros nueve acusados en esta pieza separada por delitos de prevaricación, malversación y falsedad en documento mercantil, en todos los casos con la atenuante de dilaciones indebidas.

CONDENADOS LANZAS Y SU TESTAFERRO

El exsindicalista Lanzas resulta condenado a tres años y dos meses de cárcel y siete años y medio de inhabilitación absoluta, mientras su “testaferro” Francisco Algarín es condenado a un año de prisión y una multa, el exdirectivo de Vitalia Antonio Albarracín a tres años de prisión y 96 meses de inhabilitación absoluta, el comercial de dicha empresa Jesús Bordallo a dos años y dos meses de cárcel y seis años de inhabilitación absoluta o el ex sindicalista de CCOO José Hurtado a tres años de prisión y siete de inhabilitación absoluta, entre otras penas.

En concepto de responsabilidad civil, los condenados tendrán que indemnizar conjunta y solidariamente a la Junta con distintas cantidades que alcanzan los 984.921,23 euros, que se corresponde con la cantidad efectivamente malversada, mientras que la Federación de Industrias Textil-Piel, Químicas y Afines de CCOO (Fiteqa-CCOO) tendrá que indemnizar a la Administración autonómica en calidad de responsable civil subsidiaria de las cantidades declaradas respecto del representante sindical condenado.


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