SEVILLA, 31 (EUROPA PRESS)
La Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción (OAAF) ha expresado este viernes su consideración sobre la repercusión de la reforma del Código Penal a través de la Ley Orgánica 14/2022, que modifica aspectos esenciales en las tipologías y penas del delito de malversación y sus consecuencias negativas en la lucha contra la corrupción.
En este sentido ha apuntado en una nota que, con la entrada en vigor de esta reforma, “se ha evidenciado que no se mejora lo regulado en el Código Penal del año 2015 sino que, además, se sustrae de la norma un elemento clave como es la sanción de administración desleal del patrimonio público, lo que supone un claro retroceso en la lucha contra la corrupción”.
Este pronunciamiento lo hace al calor de las conclusiones de la II Jornada Anticorrupción que reunió el miércoles, día 29, en el Parlamento de Andalucía a un centenar de profesionales del ámbito del Derecho Penal de diferentes universidades andaluzas, y a relevantes autoridades judiciales, la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado, además de a letrados de la Administración autonómica y a representantes de las oficinas antifraude de otras comunidades.
Este encuentro, organizado por la Oficina Antifraude, ha trasladado que “la reforma no ha respondido a una demanda ni jurídica ni social”, además del hecho de que, la tramitación con carácter de urgencia como Proposición de Ley elegida por el Gobierno, “ha hurtado a la sociedad los preceptivos procesos de reflexión y de análisis que requieren modificaciones legislativas de este calado y así poder ofrecer una respuesta conjunta y consensuada a un fenómeno que provoca graves daños a la Administración”.
La Oficina Andaluza contra el fraude y la corrupción ha recordado que el Ministerio Fiscal se ha asegurado que dichas conductas no van a quedar impunes, y de hecho la Fiscalía General del Estado establecerá unas pautas interpretativas y unificado criterios para garantizar el principio de unidad de actuación, empujado principalmente por la concurrencia de numerosas solicitudes de revisión de condenas en casos de corrupción especialmente mediáticos.
Del análisis comparado del rango penológico de la Ley Orgánica se determina que éste no se encuentra armonizado con el conjunto de legislaciones de otros países del entorno europeo, un argumento contrario al que se recoge en la exposición de motivos de la Ley, plantea la Oficina Antifraude, que apela a que habrá que esperar al próximo informe de evaluación del Grupo de Estados contra la Corrupción (Greco), órgano del Consejo de Europa, sobre la capacidad de España de la lucha contra la corrupción por la aplicación de la referida Ley.
“Estamos ante un problema de especial gravedad que menoscaba la confianza de la ciudadanía en las instituciones, según el Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) 2022 publicado en enero por Transparencia Internacional, España no avanza por segundo año consecutivo en sus esfuerzos de prevención y lucha contra la corrupción, y se encuentra en la posición 14 de los 27 países de la UE”, ha asegurado en su nota la Oficina Antifraude.
“Para evitar que la justicia sea el único muro de contención de la corrupción se hace imprescindible fomentar la transparencia y la integridad en la gestión pública, así como reforzar el control preventivo por parte de las administraciones”, ha asegurado la Oficina Andaluza para poner de manifiesto que “es en este escenario, donde las funciones desplegadas desde la Oficina Andaluza Contra el Fraude y la Corrupción cobran especial relevancia”.
La Oficina Antifraude, creada por la Ley 2/2021 como institución independiente de extracción parlamentaria, ha señalado que “se encuentra en la actualidad a pleno funcionamiento y ya dispone del canal externo de información https://buzon.antifraudeandalucia.es/#/ exigido en la Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
La OAAF recuerda que “pone a disposición de la ciudadanía este canal de comunicación donde de forma anónima cualquier persona puede poner en conocimiento de la Oficina hechos o actos que puedan ser considerados fraude, corrupción, conflictos de intereses u otra actividad ilegal que vaya en detrimento de intereses públicos o financieros del sector público andaluz” y que ofrece asesoramiento y provee de las medidas de protección necesarias para las personas informantes que así lo requieran para evitar posibles represalias.
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