
SEVILLA, 2 (EUROPA PRESS)
La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha anunciado este miércoles que la Comisión Delegada de Asuntos Económicos aprobará en su próxima reunión “medidas de revisión de las condiciones financieras de las operaciones pendientes de determinados ayuntamientos con el Fondo de Financiación a Entidades Locales con el fin de garantizar su sostenibilidad financiera”, algo de lo que se podrían beneficiar hasta 36 ayuntamientos andaluces, como el de Jaén capital y los gaditanos de Jerez de la Frontera, La Línea de la Concepción y Algeciras.
De esta forma, desde el Ministerio “se pretende posibilitar la sostenibilidad financiera de las entidades beneficiarias aplicando el mismo planteamiento de los planes de sostenibilidad financiera que se aprobaron en los acuerdos de la Comisión Delegada de 2023 y 2024, mejorando las condiciones de los préstamos”, según ha detallado dicho departamento del Gobierno en un comunicado después de que la ministra del ramo haya avanzado esta iniciativa durante su intervención en un encuentro informativo organizado en Sevilla por ‘El Correo de Andalucía’.
Este nuevo acuerdo, por un lado, aprueba la revisión de las condiciones financieras de esas operaciones ya formalizadas en años anteriores y, por otro lado, establece los requisitos que deben reunir los ayuntamientos que pueden solicitar esta medida, con el fin de que su carga financiera sea “sostenible a medio plazo”.
En concreto, en el caso de Andalucía, entre los 36 municipios potenciales beneficiarios de estas medidas figuran cinco de Almería –Alhabia, Cuevas del Almanzora, El Ejido, Macael y Turre–; diez de Cádiz –Algeciras, Arcos de la Frontera, Barbate, Los Barrios, Chipiona, Espera, Jerez de la Frontera, La Línea de la Concepción, Prado del Rey y Puerto Real–, y cinco de Granada, como son Albuñol, Guadahortuna, Maracena, Rubite y Villa de Otura.
También, cuatro municipios de Huelva –Cortegana, La Nava, Nerva y Valverde del Camino–, siete de Jaén –Campillo de Arenas, Jaén, Jamilena, Marmolejo, Orcera, La Puerta de Segura y Torres de Albánchez–, dos de Málaga –Guaro y Manilva–, y tres de Sevilla; concretamente, Carrión de los Céspedes, Huévar del Aljarafe y Morón de la Frontera.
MEDIDA DE “ADSCRIPCIÓN VOLUNTARIA”
Se trata de “una medida de adscripción voluntaria” a la que se podrán acoger los ayuntamientos que, al menos, hayan presentado con anterioridad al 31 de marzo de 2025, la liquidación del presupuesto de 2024 o de 2023, o la información de la ejecución del presupuesto del cuarto trimestre de 2024 o el presupuesto de 2025, y que se encuentren en alguna de una serie de situaciones, con arreglo a la información disponible el 29 de enero de 2025.
En concreto, podrían acogerse a esta medida “ayuntamientos que estén sujetos a un plan de sostenibilidad financiera en vigor, aprobado en aplicación de los acuerdos de la Comisión Delegada de abril y julio de 2023 o de junio de 2024”.
También, “ayuntamientos que reunían los requisitos para que les fuera aplicados los anteriores acuerdos, pero que no se acogieron a los mismos, siempre que presenten un nivel de deuda viva a 31 de diciembre de 2023 superior al 110% de los ingresos corrientes, considerando el presupuesto de 2024, o, en su defecto, la liquidación del presupuesto de 2023, o, en defecto de ambos, el dato de ejecución del presupuesto en el cuarto trimestre de 2023”; o bien, si “la cuota estimada de los préstamos con el Fondo de Financiación a Entidades Locales para 2026” es, “como mínimo, el 95% de la cuota correspondiente a 2025”.
Igualmente, se podrán acoger a estas medidas ayuntamientos que no se han beneficiado de las anteriores, “aunque se hubiesen podido acoger, y que están calificados en riesgo extremo por la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local del Ministerio de Hacienda”.
DESPLAZAMIENTO DE LOS VENCIMIENTOS HASTA FINAL DE 2025
En concreto, la medida, por un lado, contempla un desplazamiento hasta el 30 de diciembre de los vencimientos que se produzcan entre junio y octubre de 2025 de las operaciones pendientes con el Fondo de Financiación a Entidades Locales.
Asimismo, dentro del marco de revisión de las condiciones financieras que serán aplicables a las operaciones de préstamo vigentes con el Fondo de Financiación a Entidades Locales, formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2024, se contempla una ampliación del plazo de amortización de los préstamos vigentes del citado Fondo de Financiación en diez años adicionales al actual año de vencimiento. Este plazo será de 20 años para los municipios que tienen un tipo en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) superior al 0,8%.
Estas medidas tendrán como límite el 31 de octubre de 2070. Además, se suprimirán los períodos de carencia que estén vigentes antes de la aplicación de este acuerdo. La amortización de principal se iniciará el 31 de octubre de 2026 y, se extenderá, como máximo, hasta 31 de octubre de 2070.
Por otro lado, podrán sustituirse por préstamos las cancelaciones por parte de los ayuntamientos mediante retenciones en su Participación en Tributos del Estado (PTE) para compensar las deudas que mantienen con cargo al compartimento Fondo en liquidación para la Financiación de los Pagos a Proveedores de Entidades Locales o al Fondo de Ordenación, al no haber formalizado, en su momento, los préstamos correspondientes de acuerdo con los procedimientos de pagos a proveedores aprobados.
Los ayuntamientos podrán sustituir ese mecanismo de cancelación por la suscripción de un préstamo con cargo al Fondo de Ordenación. Los préstamos se formalizarían por importe equivalente al saldo vivo de la deuda que mantengan con esos compartimentos del Fondo de Financiación.
Las condiciones financieras de esas operaciones serán “análogas a las mencionadas anteriormente para los préstamos ya formalizados a los que se amplíe el período de amortización”. El plazo de amortización de ese nuevo préstamo también sería hasta 31 de octubre de 2060 o de 2070. Tampoco se aplicaría ningún período de carencia.
En el caso de que los ayuntamientos no aprueben la formalización de los préstamos se mantendrá la aplicación de la modalidad de cancelación mediante retenciones de la Participación en Tributos del Estado.
En ambos casos, se instruye al Instituto de Crédito Oficial (ICO) para la gestión financiera de la medida aprobada por este acuerdo. Tanto para la modificación de los préstamos formalizados como para la formalización de los préstamos que sustituyan al mecanismo de cancelación de deudas mediante la aplicación de retenciones de la PTE, se requerirá acuerdo del Pleno del Ayuntamiento por mayoría simple.
Previamente, los ayuntamientos que no estuvieran sujetos a un plan de sostenibilidad financiera deberán presentarlo y ser aceptado por el Ministerio de Hacienda.
NECESIDAD DEL PLAN DE SOSTENIBILIDAD FINANCIERA
En ese sentido, los ayuntamientos que ya estén sujetos a un plan de sostenibilidad financiera mantendrán esos planes aprobados en 2023 o en 2024 y vigentes, si bien éstos “se adaptarán teniendo en cuenta las condiciones financieras revisadas en este nuevo acuerdo”.
Asimismo, la evaluación por parte del Ministerio de Hacienda del cumplimiento de esos planes de sostenibilidad financiera ya aprobados previamente se desplazará al primer semestre de 2027.
En cuanto al resto de ayuntamientos, que no estuvieran acogidos a las anteriores medidas, deberán presentar un plan de sostenibilidad financiera, que contenga “medidas que supongan una mejora anual de su ahorro neto”, con el fin de que se admita finalmente la solicitud que, en su caso, presente el ayuntamiento. También esos planes se evaluarán por el Ministerio de Hacienda dentro del primer semestre de 2027. En su caso, los planes a los que estén sujetos los ayuntamientos deberán adaptarse al plan de sostenibilidad financiera.
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