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Más de 87.500 progenitores andaluces han recibido la prestación por nacimiento y cuidado de menor en 2024

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SEVILLA, 30 (EUROPA PRESS)

La Seguridad Social tramitó durante 2024 en Andalucía un total de 87.592 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, de las que 41.135 corresponden al primer progenitor, habitualmente la madre, y 46.457, al segundo progenitor, normalmente el padre, según los datos publicados este jueves por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. El gasto destinado a esta prestación sumó 568,3 millones de euros en Andalucía.

Según ha explicado el Gobierno en una nota de prensa, estas cifras se corresponden a periodos disfrutados en 2024, por lo que no coinciden exactamente con el número de prestaciones tramitadas en el mismo año, ya que una prestación pudo haberse tramitado en 2023 y parte de ella disfrutarse en 2024. En el conjunto del país, el número de beneficiarios alcanzó los 473.501 (222.784 madres y 250.717 padres).

El gasto asociado a esta prestación entre enero y diciembre de 2024 ha sido de 3.613 millones de euros. En 2023, esta cifra se situó en 3.423 millones, lo que supone un incremento del 5,6%. La media de tiempo de tramitación de esta prestación en 2024 es de 6,82 días y en el último trimestre, concretamente, 7,19 días. Por comunidades autónomas, el mayor número de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor se ha reconocido en Andalucía (87.592), Cataluña (83.566), Madrid (76.631) y la Comunidad Valenciana (48.255).

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La duración media de las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor activas entre enero y diciembre de 2024 ha sido de 102,7 días para las mujeres y 92,5 días para los hombres. La prestación por nacimiento y cuidado de menor sustituye a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad desde el 1 de enero de 2021 y ha supuesto la equiparación completa de ambas. En la actualidad, el permiso es de 16 semanas para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible.

De las 16 semanas, seis de ellas deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos, de al menos una semana de duración. La cuantía de estas prestaciones es equivalente a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso.

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