
SEVILLA, 8 (EUROPA PRESS)
La Consejería de Justicia, Administración local y Función pública de la Junta de Andalucía se propone contestar en un plazo de tres meses las denuncias que el personal de la Administración, pero también cualquier ciudadano, pueda presentar para alertar de “infracciones normativas o de lucha contra la corrupción”. Así figura en el decreto que prepara la Consejería de José Antonio Nieto, pendiente del informe que debe emitir sobre el mismo el Consejo Consultivo.
El citado decreto, que viene a regular el canal interno que se puso en marcha en junio de 2023 y cuyo borrador ha sido consultado por Europa Press, “tiene por objeto la constitución del sistema interno de información en el marco de la organización central y territorial de la Administración de la Junta, así como la regulación de su organización y funcionamiento de conformidad con lo previsto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción”.
Con ello –especifica la Junta–, “la Administración andaluza está apostando de manera decidida por la transparencia, el buen gobierno y la mejora de la calidad en su gestión interna. La constitución de un canal interno supone una medida esencial dentro del proceso de mejora, puesto que permite la colaboración de aquellos que tengan conocimiento de los hechos, quienes gozarán de garantías de protección y confidencialidad, y favorece en el seno de la organización las buenas prácticas y la corrección de aquellas que pudieran ser irregulares”.
El plazo máximo para dar respuesta a las actuaciones de investigación “no podrá ser superior a tres meses” a contar desde la recepción de la información o, si no se remitió un acuse de recibo al informante, tres meses a partir del vencimiento del plazo de siete días naturales después de efectuarse la comunicación, salvo casos de “especial complejidad” que requieran una ampliación del plazo, en cuyo caso, éste podrá extenderse hasta un máximo de tres meses adicionales.
La decisión que se adopte “no será susceptible de recurso en vía administrativa ni contencioso-administrativa sin perjuicio de los recursos que procedan respecto a las eventuales resoluciones que pongan fin a los procedimientos que pudieran incoarse a consecuencia de la información”, especifica la Junta en su borrador de decreto, que consta de 20 artículos repartidos en ocho capítulos, una disposición adicional, dos disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales.
El responsable del sistema deberá desarrollar sus funciones de forma “independiente y autónoma respecto de los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía, no pudiendo recibir instrucciones de ningún tipo en su ejercicio, debiendo disponer de todos los medios personales y materiales necesarios para llevarlas a cabo, que serán facilitados por la Secretaría General competente en materia de Administración pública”. El canal de información permitirá la presentación de las informaciones por escrito o verbalmente a través de los siguientes medios: buzón electrónico, correo postal, comparecencia personal, llamada telefónica o sistema de mensajería de voz.
Además se creará un órgano colegiado asesor, adscrito a la Secretaría General competente en materia de Administración pública, al que corresponderá la asistencia técnica del sistema. En el plazo de siete días naturales siguientes a la recepción de la información, se enviará acuse de recibo al informante, “salvo que ello pueda poner en peligro la confidencialidad de la comunicación”. Para ello, se dará “la opción de que el informante anónimo facilite una dirección de correo electrónico que no revele su identidad, o bien, la puesta a disposición de cualquier medio que permita la comunicación del acuse de recibo y el seguimiento del estado de la investigación”.
“Siempre que sea posible y sin perjuicio del derecho a formular alegaciones, la instrucción comprenderá una entrevista con el afectado para que exponga los hechos objeto de la información y aporte cuantos medios de prueba considere pertinentes”, recoge el texto consultado.
En el caso de los entes instrumentales vinculadas o dependientes de la Administración y consorcios adscritos que cuenten con menos de cincuenta trabajadores “podrán compartir el sistema de información de la organización central y territorial de la Junta de Andalucía y los recursos destinados a las investigaciones y las tramitaciones”, para lo que será necesaria la firma de un convenio. En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del decreto, las entidades instrumentales deberán contar con su propio sistema interno de información.
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