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Las comunidades de propietarios ya pueden pedir las ayudas a la rehabilitación del Plan Ecovivienda

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SEVILLA, 17 (EUROPA PRESS)

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda ha abierto el plazo de presentación de solicitudes para que las comunidades de propietarios y los vecinos se puedan acoger a las ayudas para la rehabilitación de edificios y viviendas con cargo al Plan Ecovivienda, el programa ideado por la Junta de Andalucía para gestionar los fondos europeos Next Generation en materia de vivienda.

Estas nuevas líneas de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva y con un montante global de 133,5 millones de euros, se podrán pedir de manera telemática a través de una web habilitada por la Consejería de Fomento (https://lajunta.es/Ecovivienda). El plazo depresentación de solicitudes empieza este lunes y expira el 30 de junio de 2023.

La consejera de Fomento, Marifrán Carazo, ha animado a los vecinos y comunidades de propietarios a que “aprovechen esta oportunidad que brindan estas ayudas para la mejora y renovación energética de sus viviendas, que no sólo generarán un mayor bienestar, sino también otras ventajas que se verán reflejado en el recibo de la luz”. La consejera ha estimado que serán más de 25.000 familias andaluzas las que se veránbeneficiadas de estas subvenciones para la rehabilitación de viviendas y edificios.

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Estas ayudas del Plan Ecovivienda se marcan reducir en al menos 30 por ciento el consumo energético de los hogares. Para ello, se prevén mejoras en las viviendas como la mejora del aislamiento en fachadas y cubiertas, la instalación de sistemas de energías renovables como placas fotovoltaicas, placas solares para agua caliente, aerotermia o calderas de biomasa, o el cambio de ventanas o sistemas de iluminación.

Además, si se logran las cuantías máximas de las ayudas, incluso se pueden incluir en los proyectos medidas para la accesibilidad, como la instalación de ascensores. Las ayudas son compatibles entre si siempre que no se subvencione el mismo objeto.

El programa de rehabilitación de edificios, sea casa o bloque, contará con 74 millones de euros. Con este programa se subvenciona entre el 40, el 65 y el 80 por ciento de la obra en función del nivel de ahorro en consumo de energía no renovable conseguido.

La cuantía máxima es de 18.800 euros por vivienda, ya que la subvención puede ser tanto para la comunidad de vecinos como para cada una de las viviendas tipo casa unifamiliar. La mitad del pago se hará por anticipado, es decir, al inicio de la obra.

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Por su parte, el programa de mejora de la eficiencia energética en viviendas dispondrá de 52 millones de euros en subvenciones que podrán alcanzar hasta el 40 por ciento del coste total, con un máximo de 3.000 euros. En este caso también será necesario certificar un ahorro de consumo de energía primaria de, al menos, el 30 por ciento.

Además, también se ha abierto la convocatoria para elaborar el libro del edificio, con 2,3 millones en subvenciones. La cuantía máxima en caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas será de 700 euros más 60 euros por vivienda. Por su parte, en el caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas será 1.100 euros más 40 euros por vivienda.

Dentro de esta línea también se incluyen subvenciones para la redacción de proyectos de rehabilitación, con 5,2 millones. La ayuda en viviendas unifamiliares y edificios de hasta 20 viviendas será de 4.000 euros más 700 euros por vivienda. Mientras, en edificios con más de 20 viviendas será de 12.000 euros, más 300 euros por vivienda, con un máximo de subvención de 30.000 euros.

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TRAMITACIÓN AUTOMATIZADA

La Consejería de Fomento ya informó a principios de mes de esta convocatoria de ayudas para que los interesados pudieran conocer previamente tanto los formularios como los requisitos. Además, para facilitar su tramitación, se ha optado por un modelo telemático de presentación de solicitudes.

Será un proceso automatizado, robotizado y, si el solicitante así lo quiere, también automatizado, es decir, no se pedirán aquellos documentos que ya obran en poder de la administración como el censo, el catastro o Agencia Tributaria.

Tras presentar la solicitud, el ciudadano recibirá una comunicación en la que se le notifica que se ha recibido su solicitud. Inicialmente no será necesaria la presentación de ninguna documentación, aunque lo lógico es tener estudiados los proyectos para el momento en que se soliciten. Tras ello se procederá a emitir una resolución provisionalreservando el crédito y, a continuación, se dará un plazo de diez días para presentar el proyecto o memoria y toda la documentación. Este nuevo proceso agilizará la resolución definitiva de la ayuda, que se atenderá en el plazo de tres meses.


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