SEVILLA, 26 (EUROPA PRESS)
La Intervención General de la Junta de Andalucía ha señalado el control de los gastos de personal como “prioridad frente a las demás” en sus instrucciones genéricas para el control financiero anual de las universidades públicas andaluzas, por lo que precisa que debe ser objeto de interés para “evitar la posible prescripción de reintegros que debieran solicitarse”.
El organismo de fiscalización interna de la Administración autonómica prosigue argumentando en una resolución de 14 de noviembre, que publicó el lunes el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), que “cuando se detecten circunstancias que pudieran dar lugar a la exigencia de reintegros al personal…deberá comunicarse a la entidad para que adopte las medidas necesarias a fin de evitar la prescripción”, conforme a las previsiones del Estatuto de los Trabajadores, antes de precisar que así se hará “sin perjuicio de su posterior inclusión en el informe de control financiero”.
En el proyecto de Presupuestos para 2024 el Gobierno andaluz prevé una transferencia corriente de 1.530,36 millones de euros, junto con otra de 155,21 millones para transferencias de capital, a las universidades públicas andaluzas.
El desglose de esa transferencia corriente es el siguiente: Universidad de Almería (74 millones); Universidad de Cádiz (116,8 millones); Universidad de Córdoba (106,87 millones); Universidad de Granada (282,6 millones); Universidad de Huelva (69,97 millones); Universidad de Cádiz (85,45 millones); Universidad de Málaga (181 millones); Universidad de Sevilla (318,54 millones); Universidad Pablo de Olavide (66,25 millones); y Universidad Internacional de Andalucía (13,93 millones).
El Gobierno andaluz incluye, en esa transferencia corriente de 1.530,36 millones, otros 157 en concepto de ajustes de la financiación de las universidades, además de 43,66 millones para bonificación del rendimiento y exención de la renta mínima; 12,15 millones para las Erasmus; 200.000 euros para las competencias lingüísticas; 1,35 millones para el ajuste del precio del máster habilitante y vinculado; y 500.000 euros para cooperación internacional.
Aunque la Intervención General de la Junta de Andalucía explica en esa resolución que habrá el “correspondiente programa de trabajo específico” acerca de las comprobaciones en cada una de las áreas de control, establece que el contenido mínimo de ese Plan Anual de Control Financiero será “la revisión de los actos, operaciones y procedimientos de gestión en materia de personal, relaciones con terceros, contratos, convenios u otros, concesión de subvenciones y la correcta contabilización de los recursos aportados por la Junta de Andalucía”.
El itinerario del trabajo que haga el organismo de control interno lo explica, de manera que éste arrancará, “oído el Consejo Andaluz de Universidades”, y abarcará a “las universidades públicas andaluzas que se incluyan en el Plan Anual de Control” para cumplir las actuaciones de control financiero acordadas por el Consejo de Gobierno, necesarias para “el seguimiento de la aplicación de los recursos aportados por la Junta de Andalucía dentro del modelo de financiación vigente en cada momento”.
De carácter anual, el trabajo que haga la Intervención General de la Junta “podrá consistir en auditorías de cumplimiento y financieras”.
El texto de la Intervención General diferencia entre las universidades que ya hayan sido objeto de control en los últimos cinco ejercicios, en cuyo caso tendrá en cuenta “las salvedades puestas de manifiesto en informes precedentes y el grado de aplicación de recomendaciones”, mientras que si se trata de universidades no evaluadas “deberá analizarse con detalle la entidad para determinar los posibles riesgos que serán base de la determinación del alcance del control a efectuar”.
“Sin perjuicio de otra información de la que se pueda disponer, se tendrá en cuenta la financiación recibida, directa o indirectamente, de la Junta de Andalucía e informes emitidos por otros órganos de control”, sigue explicando.
MEDIDAS CAUTELARES CON REINTEGROS
La Resolución de la Intervención General de la Junta de Andalucía prevé el supuesto de que durante el ejercicio del control financiero “se detecten circunstancias que puedan dar lugar a la solicitud de reintegros y exista riesgo de prescripción”, de manera que en ese caso, “sin esperar a la emisión del informe de control financiero, la Intervención actuante elaborará informe con las medidas a adoptar” y se lo trasladará a la universidad afectada “para que por aquélla se adopten las medidas necesarias para evitar dicha prescripción” y “sin perjuicio de su posterior inclusión en el informe de control financiero”.
Sobre la metodología de trabajo, que concluirá con la elaboración del informe de control financiero, explica el organismo de control interno que, antes de la emisión del informe provisional y definitivo, de detectarse “hechos que puedan ser constitutivos de responsabilidad contable y, en todo caso, cuando la persona titular de la Intervención General de la Junta de Andalucía lo solicite, las direcciones de las Divisiones de control financiero y aquellas otras que se considere por razón de la materia, realizarán una revisión técnica del borrador de informe con participación de la Intervención actuante”.
“Oida la Intervención actuante, y con el examen de la documentación que considere procedente, las direcciones de las divisiones deberán pronunciarse, y suscribir por escrito, sobre la concurrencia o no de posible responsabilidad contable en las actuaciones objeto de control”, señala la Intervención General de la Junta de Andalucía, antes de plantear que “finalizada la revisión, la Intervención actuante emitirá el informe pudiendo separarse o asumir las conclusiones de la misma”.
Según las directrices del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Junta de Andalucía, este organismo de fiscalización interna explica que de toparse con hechos que puedan ser constitutivos de una infracción administrativa en gestión económico-presupuestaria, o de responsabilidad contable, éstos se plasmarán en un informe con “los hechos constatados, la identificación de los presuntos infractores o responsables, la cuantificación o estimación económica si fuera posible, y las actuaciones que, en su caso, se hayan llevado a efecto”.
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