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La Junta ha negado haber despedido al presidente del Consejo de Juventud, alegando que la entidad no actualizó correctamente su información en el censo

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SEVILLA, 15 (EUROPA PRESS)

La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad “niega de forma categórica” que haya cesado al hasta ahora presidente del Consejo de la Juventud de Andalucía (CJA), Daniel Valdivia, toda vez que apunta a una “no actualización” de la organización a la que pertenece –Activando Europa– en el censo de entidades de participación juvenil de Andalucía, condición para participar en el CJA.

Así lo indica la Consejería después de que este miércoles el Consejo de la Juventud de Andalucía criticase que la Junta “había cesado de forma incomprensible” a su presidente, así como la expulsión de una docena de entidades, a diez días de su XXVI Asamblea General Ordinaria.

La Junta explica que lo que se ha producido “es una actualización periódica del censo de entidades de participación juvenil de Andalucía”, una revisión y actualización que se lleva a cabo ahora porque “es necesaria tanto de cara al proceso actual de renovación del CJA, como para poder participar en la línea de subvenciones a asociaciones juveniles, cuya convocatoria saldrá próximamente”.

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De este modo, subraya que para participar en el CJA “es necesario” que las entidades estén inscritas en el censo de entidades de participación juvenil de Andalucía regulado por el Decreto 247/2005, de 8 de noviembre, y, en consecuencia, “todas aquellas que no los cumplan deben ser dadas de baja tras llevarse a cabo el procedimiento legalmente establecido”.

Asimismo, remarca que la actualización de este censo “es importante” no solo para conocer la realidad asociativa juvenil en nuestra comunidad y su participación en el CJA, sino que también es necesario que las entidades que opten a una subvención “estén inscritas en el censo antes de la fecha de publicación de la convocatoria y se mantengan en el mismo durante todo el proceso”.

De este modo, desde la Consejería de Juventud explican que en las labores de revisión y actualización del censo “se han advertido incumplimientos de los requisitos para estar inscritos por parte de varias entidades”, por lo que desde el Instituto Andaluz de la Juventud (IAJ) se han iniciado los trámites legales necesarios requiriendo la subsanación de los mismos por las vías de comunicación disponibles, advirtiéndoles de que la “no subsanación podría dar lugar al inicio del procedimiento de baja”.

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“Se ha dado de baja a las asociaciones que bien ante estos requerimientos han manifestado su deseo de causar baja en el censo, o bien no han cumplido con sus obligaciones de actualizar los datos y de responder a los requerimientos de información “, precisa la Junta, que aclara que una vez llevado a cabo este proceso de actualización, la norma “es concluyente en el sentido de que la baja en el censo de entidades de participación juvenil conlleva la pérdida de la condición de miembro de la entidad de la Asamblea General y, en su caso, de la Comisión Permanente, al no cumplir la condición de estar inscrita en el censo prevista en la Ley 18/2003”.

Al respecto, añade que el proceso de baja de una asociación del censo “es totalmente garantista”, y destaca que, en primer lugar, “se ha contactado con las entidades a través de los medios facilitados por las mismas para demandarles la información y actualización de los datos para subsanar sus incumplimientos”, y, en segundo lugar, “se ha llevado a cabo el procedimiento de baja conforme a las normas del procedimiento administrativo común (como indica el artículo 15 del Decreto 247/2005)”.

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Por tanto, insisten desde la Junta, “no pueden participar en la Comisión Permanente representando a entidades que ya no están inscritas en el censo, pero las personas representantes afectadas pueden presentarse en la Asamblea General como delegados de una entidad de participación juvenil de ámbito regional que sí cumpla con los requisitos y sí esté inscrita en el censo”.


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