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La Junta evaluará a los agentes del conocimiento andaluces utilizando criterios científico-técnicos

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SEVILLA, 12 (EUROPA PRESS)

El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de este martes, 12 de septiembre, el nuevo reglamento que regula la clasificación, acreditación y registro de los agentes del sistema andaluz del conocimiento, sustituyendo al vigente, que databa de 2009, e incorporando tres nuevas figuras; en concreto, las unidades de excelencia en investigación y las unidades de investigación competitiva, los centros de innovación digital y los clústeres de innovación.

De igual modo, establece la obligación por parte de la Junta de Andalucía de realizar evaluaciones periódicas de carácter científico técnico en el proceso de acreditación de los agentes andaluces, tanto al inicio del procedimiento para obtener el reconocimiento, como posteriormente para renovarlo, según se detalla en la referencia del Consejo de Gobierno.

Desde la Junta han explicado que el reglamento de agentes andaluces del conocimiento aglutina a aquellas instituciones, organismos y entidades que intervienen en los procesos de generación, transformación, transferencia, fomento y difusión de la investigación, desarrollo tecnológico e innovación.

En Andalucía, el registro de agentes se compone de un total de 227 entidades en diferentes categorías, a las que se suman a los casi 2.500 grupos de investigación que desarrollan sus funciones adscritas.

La acreditación como tal y su inclusión en el registro público implica el reconocimiento de su aptitud para realizar las actividades de I+D+I y es condición “imprescindible” para acceder a los incentivos públicos que se conceden en materia de investigación e innovación.

Desde el Gobierno andaluz sostienen que la evolución experimentada desde 2009 hasta la actualidad por los ecosistemas de investigación e innovación en Andalucía exigía llevar a cabo una modificación del actual marco normativo “con el fin de mejorarlo y adecuarlo al nuevo contexto, así como de reducir las cargas administrativas”.

El nuevo documento mantiene la diferenciación de los agentes en tres grandes grupos; que son los de generación de conocimiento, las estructuras y redes, y las entidades de gestión y divulgación de la ciencia y el conocimiento. Sin embargo, en lo que respecta a las categorías en las que se dividen cada una de ellas, hay algunas que se agrupan o se suprimen o bien se incorporan nuevas.

Así, en el bloque de agentes de generación de conocimiento se incluyen los implicados en la creación de investigaciones en las diferentes áreas del saber. Se crea como novedad una categoría que engloba a las unidades de excelencia en investigación ‘Antonio de Nebrija’ y a las unidades de investigación competitiva, con las que se pretende “impulsar la I+D de calidad mediante estructuras que potencien y mejoren la colaboración entre científicos que trabajen en un mismo ámbito de investigación, reconocido en los diferentes instrumentos de planificación de la Junta”.

Esta figura se suma a las ya reconocidas, esto es, universidades andaluzas, organismos públicos de investigación, centros, institutos o fundaciones de investigación y/o innovación, centros tecnológicos y empresas que desarrollan actividades de I+D+I.

El apartado de estructuras y redes reúne a aquellos entes que tienen por objeto dar soporte a la investigación, así como transferir, adaptar y aplicar el conocimiento para la producción de innovación. Esta sección está compuesta por los parques científicos y tecnológicos y contempla dos nuevas modalidades, que son los clústeres de innovación y los centros de innovación digital, que se incorporan por primera vez.

Los clústeres, según recuerda la Junta, son estructuras privadas que agrupan, en un espacio geográfico o sector productivo, a un conjunto de empresas y centros de investigación y de formación públicos y privados. Su actividad debe organizarse en torno a una rama científica o tecnológica o a un mercado y deberá contar con una masa crítica que permita asegurar la competitividad y visibilidad internacional del tejido empresarial al que representa.

Los centros de innovación digital son entidades que prestan servicios de apoyo a la transformación digital de las empresas, especialmente las pymes, con el fin de impulsar su crecimiento, crear nuevos empleos y abrir modelos de negocio y oportunidades de innovación.

Por su parte, las entidades de gestión y divulgación están destinadas a la coordinación y administración del conocimiento y las tecnologías. Este bloque distingue a los organismos del sector público andaluz que en su ámbito competencial gestionan y apoyan estas tareas, a las sociedades científicas y a las academias.

HACIA UNA “MAYOR AUTONOMÍA” DE FUNCIONAMIENTO INTERNO

En este último caso, el nuevo texto legal revisa el procedimiento que han de seguir estas entidades para la aprobación de sus reglamentos de régimen interno, eliminando la exigencia de someterlos a una autorización por parte de la Junta. Con ello se busca “garantizar una mayor autonomía en su funcionamiento interno”, según defiende el Gobierno andaluz.

En el reglamento vigente hasta ahora, la condición de agente del conocimiento se obtenía tras superar una serie de requisitos de tipo económico u organizativo. Con la nueva norma, al cumplimiento de esos aspectos se suma una evaluación científica y técnica de la entidad solicitante con el fin de determinar su capacidad para abordar los objetivos de I+D+I establecidos para la modalidad a la que opta.

Este tipo de control también se exigirá para renovar la calificación, que se llevará a cabo cada cuatro años a través de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (Accua), dependiente de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación.


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