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La Junta Electoral Central (JEC) ha solicitado la interrupción del envío de material publicitario firmado por Moreno en calidad de presidente de la Junta por no cumplir con la normativa legal

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SEVILLA, 25 (EUROPA PRESS)

La Junta Electoral Central (JEC) ha considerado que el envío de propaganda electoral del PP andaluz firmada por su líder, Juanma Moreno, como presidente de la Junta de Andalucía “vulneró el principio de neutralidad institucional exigido” por los artículos 103.1 de la Constitución y 50.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg), por lo que ha instado al PP de Andalucía a “suspender el envío” de dicha publicidad.

Así lo ha resuelto la JEC en un acuerdo, consultado por Europa Press y rubricado con fecha de este pasado 23 de mayo, en respuesta a denuncias presentadas por el PSOE y la coalición Con Andalucía –que integra a Podemos e IU, entre otras formaciones– contra el envío de dicha propaganda electoral del PP firmada por Juanma Moreno como presidente de la Junta de Andalucía, además de por el correspondiente candidato del PP a la alcaldía de cada municipio de cara a los comicios locales de este próximo domingo, 28 de mayo.

La JEC ha estimado “parcialmente” dichas denuncias y ha declarado que “la utilización de la condición de presidente de la Junta de Andalucía” de Juanma Moreno “por la formación denunciada en su propaganda electoral vulneró el principio de neutralidad institucional exigido” por los mencionados artículos de la Constitución y la Loreg.

En segundo lugar, la Junta Electoral Central ha acordado “instar al Partido Popular de Andalucía a suspender el envío de la publicidad electoral denunciada, así como a no realizar nuevos actos de propaganda electoral utilizando la condición de presidente de la Junta de Andalucía” de Juanma Moreno.

El acuerdo, que ha contado con un voto particular discrepante con la resolución, es “firme en vía administrativa”, si bien contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses de su notificación.

(((HABRÁ AMPLIACIÓN)))


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