SEVILLA, 3 (EUROPA PRESS)
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA nº 211, de 3 de noviembre) ha publicado las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la certificación de productos naturales o artesanales y de servicios de turismo de naturaleza, según las normas de la marca ‘Parque Natural de Andalucía’.
Dada la diversidad y la magnitud de la riqueza ecológica de Andalucía y la evidencia de la huella humana sobre los espacios naturales, en 2004 se reguló la concesión de la marca Parque Natural de Andalucía para su utilización como sello de calidad en productos y empresas implantadas en los parques naturales, regulando además un régimen especial de protección, así como el uso de su denominación e imagen gráfica, según ha explicado la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en una nota de prensa.
“Con estas subvenciones insuflamos aire y brindamos apoyo a negocios de entornos rurales que cuentan con este distintivo como un valioso recurso dinamizador que contribuye a crear puestos de trabajo y a evitar la despoblación. Son los mejores ejemplos del enorme potencial de nuestros parques naturales como palanca de desarrollo socioeconómico y generadores de empleo verde. Todo ello apostando por la naturaleza como motor de riqueza y haciéndolo de forma compatible con su preservación”, ha destacado el titular de dicha Consejería, Ramón Fernández-Pacheco.
TRES LÍNEAS DE SUBVENCIONES
Las ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, cuentan con 79.200 euros financiados con fondos propios, que podrán ser ampliados hasta en 80.000 euros en caso de que se agote el crédito inicial disponible.
La convocatoria estará abierta hasta el 30 de junio y cada beneficiario podrá optar a una cuantía máxima de hasta 600 euros.Los interesados podrán presentar su solicitud en cualquiera de sus tres líneas. Así, la línea 1, dirigida a fomentar la certificación de productos o servicios, va destinada a que emprendedores y empresas que desarrollan su actividad en los parques naturales y nacionales puedan sufragar los costes de las auditorías necesarias para su certificación y así obtener o renovar su licencia de uso de la Marca.
Por su parte, las líneas 2 y 3 conciernen a la acreditación de entidades de certificación y su mantenimiento, respectivamente. De modo que la línea 2 está dirigida a autónomos, microempresas, Pymes o fundaciones privadas que quieran acreditarse como entidad de certificación para evaluar productos y servicios conforme a la normativa.
Y, por último, la línea 3 está destinada a las entidades de certificación que deseen continuar con el proceso necesario para prorrogar las acreditaciones.
MARCA ‘PARQUE NATURAL DE ANDALUCÍA’
La marca ‘Parque Natural de Andalucía’ es un distintivo que se concede a aquellas empresas que desarrollan su actividad en entornos protegidos –ya sean parques naturales o nacionales andaluces–, y que contribuyen a poner en valor tanto los recursos naturales como el patrimonio cultural, garantizando su origen, calidad y respeto medioambiental.
Así, los productos y servicios certificados con la marca ‘Parque Natural de Andalucía’ contribuyen a garantizar la preservación y sostenibilidad del medio ambiente puesto que todos ellos cumplen con los requisitos de las normas CMA-PNA de Producto Natural, Producto Artesanal y Turismo de Naturaleza.
En este sentido, se considera Producto Artesanal aquel que no se encuentra en la naturaleza como tal y que procede de la transformación y/o combinación de otros productos dentro de alguna de las siguientes categorías: panes y pasteles, embutidos y chacinas, quesos y derivados lácteos, vinos y licores, productos cosméticos naturales, artículos de corcho, muebles y objetos de madera, tejidos, artículos de cuero, objetos de cuerno y hueso, objetos de piedra, objetos de cerámica, objetos metálicos, conservas de verduras y frutas, y conservas de carnes y pescados.
Respecto al Turismo de Naturaleza se consideran aquellos que tienen por objeto atender alguna necesidad de las personas usuarias, relacionada con su situación de desplazamiento de su residencia habitual por motivos distintos a los de carácter laboral, como los servicios de alojamiento, manutención, actividades de ocio y empresas de turismo activo.
Por último, se considera Producto Natural aquel que se encuentra en la naturaleza como tal, bien aislado o integrado en otros y que se obtiene directamente o mediante procesos físicos simples donde no se usen agentes químicos, a excepción del agua y que se encuentre dentro de alguna de las siguientes familias: corcho, madera, hierbas, legumbres y frutos secos, aceite, setas, miel, sal, frutas y hortalizas, huevos, y carnes y pescados.
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