SEVILLA, 25 (EUROPA PRESS)
Respecto a la orden con la que la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo autoriza al Gabinete Jurídico de la Junta para desistir de los recursos preparados contra sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que reconocen el derecho de diferentes ex altos cargos de la Consejería a que la Administración andaluza sufrague sus costes de defensa en procesos relativos a la macocausa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos; dicha Consejería ha defendido que se ve “obligada a acatar los pronunciamientos judiciales” y que solicitará la devolución de los honorarios en los casos en los que “se dicte sentencia condenatoria firme”.
Según la Consejería de Empleo, “una vez desestimados los recursos, la Junta no es que acepte el pago, sino que se ve obligada a acatar los pronunciamientos judiciales”, asegurando que acatará la decisión del TSJA en uno de los casos y que motiva el desestimiento en el resto de recursos, si bien solicitará “la revocación y devolución de los honorarios pagados en todos aquellos casos en los que finalmente se dicte sentencia condenatoria firme”.
Según figura en el texto de la orden de dicha Consejería avanzada por Diario de Sevilla, los citados procedimientos judiciales derivan de “recursos contencioso-administrativos de ex altos cargos de la Consejería de Empleo (entre ellos el exdirector de Trabajo Francisco Javier Guerrero) en reclamación del reconocimiento del derecho al abono de los honorarios por representación y defensa de abogado y procurador en procedimientos de tipo judicial vinculados” con la macrocausa de los ERE fraudulentos financiados por la Junta de Andalucía, salvo el caso de unos de los procedimientos, que corresponde a la causa judicial del nexo entre la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo y las contrataciones de la empresa Umax Informática y Consultoría.
RECURSOS DE CASACIÓN
La orden expone que en estos seis procedimientos judiciales, “frente a las sentencias estimatorias de las demandas” que solicitaban el reconocimiento del derecho al abono por parte de la Junta de los honorarios por representación y defensa de abogado y procurador, el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía preparó sus correspondientes recursos de casación.
Pero según recoge esta orden, en el asunto ha pesado que la sede granadina del TSJA emitió el pasado 16 de mayo una providencia respecto al recurso de casación autonómica promovido en el caso de uno de estos procedimientos judiciales, declarando la no admisión a trámite del recurso de casación autonómica frente a la decisión de reconocer el derecho del exdirector general de Trabajo Daniel Alberto Rivera a que la Junta sufragase sus gastos de defensa judicial, “al no apreciarse la existencia de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia”.
INCLUSO LAS COSTAS
A la hora de no admitir a trámite el recurso de casación de la Junta, el TSJA impuso además a la Administración autonómica el pago de las costas procesales por importe de 1.000 euros, según agrega la orden, que argumenta que “siendo similares los recursos de casación autonómicos preparados en los demás casos, la sala de Granada, con toda probabilidad, se pronunciará en el mismo sentido de inadmisión de los recursos, con la posible imposición de costas procesales a la Junta”.
Por eso, el documento indica que “siendo seguido este Gabinete Jurídico en sus demás escritos de preparación de casación autonómica similar línea argumental a la expuesta en el recurso de casación autonómico que ya ha sido inadmitido, y ante la posible imposición de costas procesales a la Junta con cada subsiguiente inadmisión”, procede solicitar “autorización para desistir de los recursos de casación ya mencionados, extremo que finalmente concede la consejera del ramo, Rocío Blanco, al objeto de desistir de los mencionados recursos.
OTRA “ARGUMENTACIÓN JURÍDICA DISTINTA”
La Consejería agrega al respecto que “a pesar de haber agotado la vía del recurso de casación autonómica, el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía seguirá utilizando todas las vías procesalesjurídicamente posibles y ya está trabajando en nuevos recursos de casación estatal basados en una argumentación jurídica distinta de la anterior, esta vez fundamentándolos en la interpretación del Estatuto Básico del Empleado Público”.
De cualquier forma, el departamento de Rocío Blanco ha expuesto que la petición del pago de honorarios a los abogados de imputados en este tipo de causas y que han tenido vinculación con la administración autonómica “se deniega en la mayoría de los casos por la vía administrativa”.
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