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La Fiscalía sugiere a Medio Ambiente iniciar un procedimiento contra 250 empresas por extracción ilegal de agua en Doñana

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Aboga por la “suspensión temporal de la actividad” de esas empresas si continúan con las extracciones ilegales a día de hoy

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha propuesto a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente que abra un procedimiento de responsabilidad medioambiental a un total de 250 empresas que extraen ilegalmente agua de los acuíferos afectantes al espacio natural de Doñana –en Huelva, Sevilla y Cádiz– y aboga por la “suspensión temporal de actividades” de esas explotaciones si continúan con sus extracciones.

Así consta en un escrito de diligencias previas, recogido por Europa Press, que ha sido elaborado por el fiscal Manuel Campoy, en el que insta al Estado a adoptar medidas de evitación de nuevos daños y que apunta que las mismas pasan por el “cese definitivo o temporal, total o parcial, de actividades” en las explotaciones económicas y profesionales que con posterioridad a 2023 hayan continuado con la extracción ilegal de aguas subterráneas de los acuíferos concernidos.

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El fiscal señala que su propuesta es realizada tras recibir el informe elaborado por la Unidad Central Operativa de Medio Ambiente (UCOMA) de la Jefatura del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil, en el que se identificó y localizó a los 250 operadores –Huelva (198), Sevilla (51) y Cádiz (1)– que explotaron aguas subterráneas de manera ilegal en 2022 y 2023.

El mismo, daba cuenta de “una situación de extracción masiva, sistémica, simultánea, persistente, fuera de control e ilegal de aguas subterráneas, por parte de una multiplicidad de operadores que desarrollan actividades económicas y profesionales, aprovechando idéntica situación, sin concesión administrativa y en caudales superiores a los permitidos, en las masas de agua subterránea que forman el conjunto de acuíferos afectantes al espacio natural de Doñana”.

MEDIDAS DE REPARACIÓN

Campoy insta a la Secretaría de Estado de Medioambiente a que obligue a esas empresas detectadas a adoptar “medidas de reparación primaria” con la finalidad de “restituir o aproximar al máximo los recursos naturales o servicios de recursos naturales dañados a su estado básico”.

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Además, considera que deben llevarse a cabo otras medidas complementarias en caso de que no se dé “la plena restitución de los recursos naturales”. Pretende así que se proporcione “un nivel de recursos naturales o servicios de recursos naturales –inclusive, si procede, en un lugar alternativo– similar al que se habría proporcionado si el lugar dañado se hubiera restituido a su estado básico”.

Además, de forma subsidiaria propone la ejecución forzosa de esas medidas si las empresas incumplen con lo que se les diga, y “con posibilidad e imposición de multas coercitivas”.


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