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-La Audiencia anula el procesamiento del expresidente de Santana Motor por el Centro de Negocios de Andalucía

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Lo acuerda “por motivos estrictamente procesales y sin entrar a abordar el objeto de la investigación” al no haber sido interrogado sobre el asunto

SEVILLA, 26 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Sevilla ha estimado un recurso del expresidente de la extinta empresa automovilística de Linares (Jaén) Santana Motor Bienvenido Martínez, anulando respecto a él el auto de continuación por el procedimiento abreviado de las actuaciones de la pieza separada de la causa de la empresa Santana Motor, participada por la Junta; relativa a la gestión del Centro de Negocios de Empresa de Andalucía en Madrid, de la Consejería de Innovación, y a la transmisión de fondos públicos a la entidad Experience Management Group.

Así figura en un auto emitido el pasado 18 de febrero por la Sección Primera de la Audiencia y avanzado por Diario de Sevilla, en respuesta a un recurso de apelación de la defensa de Bienvenido Martínez, ejercida por el despacho Constitución 23, que impugnaba el auto de procedimiento abreviado “interesando su nulidad por vulneración del derecho a la defensa del recurrente, al no haberse tomado declaración previamente con la condición de imputado, para posibilitar el ejercicio del derecho de defensa”.

Y tras abordar el asunto, la Sección Primera de la Audiencia declara que “por motivos estrictamente procesales y sin entrar a abordar el objeto de la investigación, se ha de estimar el recurso interpuesto por la defensa de Bienvenido Martínez Martínez, contra el auto de procedimiento abreviado de 3 de junio de 2024 al no haberse recibido declaración como imputado, con carácter previo, sobre los hechos objeto del procedimiento”.

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A tal efecto, el tribunal recuerda que en junio de 2024, el juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, excluía a tres personas, entre ellos Juan Carlos Martínez, marido de la exdirectora de la Guardia Civil María Gámez, quien renunció al cargo a cuenta de la situación de su esposo; de esta pieza separada de la causa de la empresa Santana Motor relativa a la gestión del Centro de Negocios de Empresa de Andalucía en Madrid, de la Consejería de Innovación, y a la transmisión de fondos públicos a la entidad Experience Management Group

El juez instructor recordaba que en octubre de 2023, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla estimó un recurso presentado por la defensa de Bienvenido Martínez, declarando precluida la instrucción de la causa a fecha de 29 de julio de 2022.

LOS PLAZOS

Merced a dicha decisión de la Audiencia, según el juez instructor, “el plazo para la práctica de diligencias y el llamamiento de investigados en el presente procedimiento habría de entenderse concluido con fecha 29 de julio de 2022; siendo así ineficaz e inválida -es decir, nula por extemporánea- la providencia de 16 de marzo de 2016 por la que se acuerda la llamada al proceso en calidad de investigados de Carlos Fernández-Palacios Gonzalo (administrador de la sociedad Fomento, Asistencia y Gestión Integral de Andalucía, Fagia), Manuel Martínez Martínez y Juan Carlos Martínez Martínez, por cuanto la causa debería haber sido prorrogada antes del vencimiento de los 10 días iniciales de investigación determinados por la incoación del procedimiento el 19 de julio de 2022, entendiendo la Sala de Apelación que el plazo de investigación de la causa matriz” sobre Santana Motor “resulta también aplicable a los presentes autos, habiendo vencido el 29 de julio de 2022”.

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“Se viene a declarar la invalidez de las actuaciones cuya práctica habría sido acordada una vez transcurrido el plazo de investigación inicial y que, en este caso, habría concluido el 29 de julio de 2022, plazo de 10 días; y en consecuencia, nada de lo acordado después tiene validez, de modo que transcurrido el plazo de investigación de 10 días y no 12 meses, sin haberse prorrogado o ampliado de forma justificada y motivada el plazo de legal antes de su expiración -en este caso, antes, del 29 de julio de 2022-, no cabía acordar la práctica de diligencia de instrucción alguna, incluyendo la llamada al proceso de los investigados Carlos Fernández-Palacios Gonzalo, Manuel Martínez Martínez y Juan Carlos Martínez Martínez”, resumía el juez, declarando el sobreseimiento libre de las actuaciones respecto a Carlos Fernández-Palacios Gonzalo, Manuel Martínez Martínez y Juan Carlos Martínez Martínez, acordando en paralelo continuar las diligencias por el trámite del procedimiento abreviado contra el expresidente de Santana Motor Bienvenido Martínez y Jacinto Cañete Rolloso como otrora director de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), por presuntos delitos de prevaricación y malversación.

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QUIENES SÍ FUERON INVESTIGADOS EN PLAZO

Y es que según estimaba el juez instructor, estos dos encartados fueron llamados a la causa “en estricta aplicación del sistema de plazos de investigación establecido en el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, antes del vencimiento del plazo que habría de culminar en dicha causa el 29 de julio de 2022”.

Ahora, tras recurrir la defensa de Bienvenido Martínez dicha decisión del juez instructor, la Sección Primera de la Audiencia ha coincidido en que Bienvenido Martínez y Jacinto Cañete Rolloso “fueron exhaustivamente interrogados sobre los procedimientos de financiación abordados respecto de la empresa Santana comprendidos en el denominado Convenio Massif pero, claramente, ninguna pregunta se les formuló sobre la injustificada percepción entre los años 2009 y 2011, por parte de la sociedad Experience Management _Group, cuyo administrador único era Bienvenido Martínez, de fondos de Santana”.

“Y no fueron interrogados sobre tales extremos cuando -tanto Bienvenido Martínez como Jacinto Cañete- prestaron declaración en septiembre de 2019, puesto que tales extremos no obraban en el procedimiento en esa fecha”, precisa el tribunal, que anula la continuación de la causa por el procedimiento abreviado contra Bienvenido Martínez.


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