SEVILLA, 14 (EUROPA PRESS)
La Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP) ha aprobado el Plan Antifraude y el Código de Buena Conducta para afrontar los retos de fondos Next Generation de la Unión Europea.
La FAMP siempre ha mostrado “su disposición a favorecer la transparencia y el buen gobierno, tanto en su propio funcionamiento como en el devenir diario de los gobiernos locales a los que agrupa y representa”, según una nota.
La aprobación de la Ley de Transparencia y Buen Gobierno, de finales de 2013, encontró una FAMP “perfectamente adaptada que preparaba ya la creación del Portal de Transparencia” de la organización, “anticipándose con ello” a las exigencias temporales de la norma.
“Ahora, y conscientes de que este compromiso implica un paso más en el concepto de ética pública, la federación ha incorporado como objetivo en su estructura el cumplimiento público, al tiempo que ha puesto en marcha un sistema de controles internos para alcanzarlo”, según la FAMP, que precisa que se trata de una iniciativa “novedosa en el ámbito del sector público, ya conocida y utilizada en otros países europeos y en el sector privado”.
En esta trayectoria de trabajo ya trazada, siguiendo la dinámica de otras instituciones públicas, se ha aprobado este Código de Conducta, en el que quedan recogidas unas pautas de comportamiento generales para el conjunto del personal laboral de la FAMP y que deberá inspirar la aplicación de todos los procedimientos internos que se aprueben en la Federación.
Junto con el Plan de Medidas Antifraude, el Código de Conducta es el “modo de empleo” que da cobertura a la actuación de la FAMP como entidad gestora de los fondos concedidos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) aprobado por el Gobierno de España el 27 de abril de 2021.
El Plan de Medidas Antifraude tiene por objeto definir las principales acciones que deben adoptarse para evitar el mal uso o el fraude en los recursos financieros de este Plan con la finalidad de prevenir, detectar y establecer medidas correctoras para que los recursos financieros procedentes de la Unión Europea no incumplan los importantes fines para los que están asignados.
El Plan posee la estructura de medidas, contenido y procedimiento que el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre determina, en torno a las cuatro áreas clave del denominado ciclo antifraude: prevención, detección, corrección y persecución.
Será de aplicación, exclusivamente, a las actuaciones que lleve a cabo la Federación Andaluza de Municipios y Provincias para la ejecución de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), dentro de sus obligaciones establecidas en el PRTR.
Se ha concebido como un “instrumento vivo y flexible”, en la medida en que se irá modificando conforme puedan dictarse instrucciones, normativas o guías para la elaboración de estos planes de medidas antifraude. La vigencia del Plan es indefinida, pero se revisará, al menos, de forma anual y siempre que se detecte algún caso de fraude o haya cambios significativos en la normativa, en los procedimientos o en el personal.
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