CÓRDOBA, 17 (EUROPA PRESS)
La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ha incentivado en Córdoba durante el pasado año 2024 la incorporación de 32 socios trabajadores a cooperativas cordobesas, dentro de la línea destinadas a cooperativas y sociedades laborales para fomentar el empleo estable, cualificado y de calidad la economía social. Esta medida ha beneficiado a 18 empresas de la provincia y la subvención concedida para este cometido supera los 168.000 euros.
Tal y como ha indicado la Junta en una nota, la delegada de Empleo, María Dolores Gálvez, ha puesto de manifiesto la importancia de la economía social en el ámbito empresarial por la riqueza que genera “marcada por un empleo estable y de calidad sobre unos valores como la responsabilidad social y la sostenibilidad, la igualdad, el funcionamiento democrático, la vinculación al territorio y su contribución a la lucha contra la despoblación, además de su apuesta por la innovación, la internacionalización y la profesionalización”.
Gálvez ha incidido en “la fortaleza y capacidad que tiene este modelo empresarial que demuestra su resiliencia en las crisis económicas”, mostrando el firme compromiso de la Junta de Andalucía para con esta fórmula empresarial.
“Tenemos clara la necesidad de seguir apoyando el cooperativismo y la economía social y un ejemplo de ello es lo que se refleja en los presupuestos de la Consejería para 2025, en el que se aumentará más de un 13% la inversión para impulsar esta manera de hacer empresa”, ha añadido.
La provincia de Córdoba cuenta con 660 cooperativas, de las cuales 620 son de trabajo, que superan los 1.500 trabajadores asociados. Apoyo a la incorporación de personas socias trabajadoras Esta línea de subvención cuenta con dos medidas.
La primera, respalda la incorporación, con carácter indefinido, de personas socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de nueva constitución o ya preexistentes. En este último caso, la incorporación deberá suponer un incremento del empleo respecto de la media de los 12 meses anteriores a la fecha de incorporación de las nuevas personas socias.
La cuantía de esta subvención será, por cada persona que se incorpore como socia trabajadora o de trabajo en una cooperativa o sociedad laboral a jornada completa, de 5.500 euros en el caso de contratar a un hombre y de 7.000 euros en el caso de contratar a una mujer si está dentro de los colectivos prioritarios, entre los que se encuentran menores de 25 de años que no hayan tenido antes ningún contrato indefinido; desempleados de más de 45 años; parados de larga duración; mujeres que se incorporen al trabajo en los 24 meses siguientes al parto, adopción o acogimiento; y trabajadores vinculados a la empresa por contrato de trabajo de carácter temporal no superior a veinticuatro meses.
Además, podrá ascender a 8.000 euros si la persona contratada pertenece a un colectivo de exclusión social y a 10.000 euros si se trata de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Contratación de gerentes y personal técnico La segunda medida subvenciona la contratación laboral para el desempeño de funciones gerenciales o directivas, o relacionadas con las distintas áreas de actividad en cooperativas y sociedades laborales.
La cuantía de esta subvención será, por cada persona contratada a jornada completa, de 10.000 euros, o bien de 3.000 euros en el caso de que la contratación no sea para funciones gerenciales o directivas, pero se realiza en virtud de un compromiso adoptado en un convenio o acuerdo de colaboración relativo a prácticas profesionales no laborales.
En esta medida se establecen como condiciones específicas que las personas que se contraten deberán estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el SAE, y no podrán haber tenido una vinculación laboral, ni haber tenido la condición de persona socia, persona socia trabajadora o de trabajo en la misma empresa de economía social que solicita la subvención en los dos años inmediatamente anteriores a la formalización del contrato.
Además, las personas que se contraten para desempeñar funciones gerenciales o directivas deberán acreditar formación en dirección de empresas, o experiencia en este tipo de funciones durante un periodo no inferior a doce meses a lo largo de su vida profesional.
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