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El Parlamento aumenta los sueldos del Defensor del Pueblo y sus adjuntos para equipararlos a los de los cargos de la Junta

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La Mesa de la Cámara autoriza una modificación presupuestaria de más de 50.000 euros para hacer efectivo el aumento de retribuciones

SEVILLA, 9 (EUROPA PRESS)

La Mesa del Parlamento de Andalucía ha aprobado un incremento de las retribuciones para los altos cargos del Defensor del Pueblo Andaluz con el objeto de equipararlas a las de consejeros y viceconsejeros de la Junta que vieron elevados sus sueldos al hilo de un decreto-ley aprobado por el Consejo de Gobierno el pasado 27 de diciembre.

Así se desprende de un acuerdo de la Mesa del Parlamento con fecha del pasado 21 de febrero firmado por el letrado mayor, Manuel Carrasco, y consultado por Europa Press tras su publicación, esta semana, en el boletín oficial de la Cámara andaluza.

En concreto, el Consejo de Gobierno aprobó el Decreto Ley 11/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica la Ley 3/2005, de 8 de abril, de incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de declaración de actividades, bienes, intereses y retribuciones de altos cargos y otros cargos públicos, que regulaba los sueldos de la persona titular de la Presidencia del Gobierno andaluz y los de consejeros, viceconsejeros, secretarios generales, directores generales, secretarios generales técnicos, delegados del Gobierno andaluz, delegados territoriales y provinciales, y “asimilados a cualquiera de los anteriores, ya sean de la Junta de Andalucía o de sus agencias administrativas y de régimen especial”.

En lo que respecta a la persona que ostente la presidencia de la Junta, el decreto-ley establece que la cuantía de sus retribuciones, “excluidos los trienios o complementos de antigüedad, será equivalente a la establecida para retribuciones e indemnizaciones por la Mesa del Parlamento de Andalucía, en cómputo anual y por todos los conceptos, salvo locomoción, para los portavoces de grupos parlamentarios, minorada en un 5%, sin derecho a pagas extraordinarias y referida a doce mensualidades, sin perjuicio de la percepción de catorce mensualidades de la retribución por antigüedad que pudiera corresponderle de acuerdo con la normativa vigente”.

En la práctica, con esta resolución el sueldo del presidente de la Junta se elevó un 18,8 por ciento respecto a lo contemplado en el Presupuesto andaluz de 2024, para pasar a cobrar 87.333 euros anuales, repartidos en doce mensualidades.

En virtud de dicho decreto del 27 de diciembre, se determinaba, asimismo, que a la retribución de un vicepresidente se le aplicará una minoración del 3% respecto de la del presidente, y a la de un consejero, una reducción del 4,5%. Además, un viceconsejero cobrará un 9,5% menos que el presidente; un director general, un 13% menos, y un delegado territorial o provincial, un 27% menos.

SUELDOS HOMOLOGADOS A LOS DE CONSEJEROS Y VICECONSEJEROS

Según se detalla en la resolución publicada esta semana en el boletín de la Cámara andaluza, la Mesa del Parlamento acordó el 31 de julio de 1996 que “las retribuciones del Defensor del Pueblo andaluz y sus adjuntos quedaron homologadas a las de las personas titulares de las consejerías y viceconsejerías, respectivamente”, de modo que “en cada ejercicio se han venido aplicando las retribuciones establecidas para los titulares de las consejerías y viceconsejerías que se incluían en las leyes de presupuestos de la Junta de Andalucía al titular de la institución y a sus adjuntos”.

La Mesa del Parlamento ha entendido así que, “con motivo de la publicación del Decreto Ley 11/2023, de 27 de diciembre”, y de la resolución de 15 de enero de 2024, de la Secretaría General para la Administración Pública, “procede la actualización de las retribuciones de los altos cargos de esta Defensoría en función de lo establecido en la citada normativa”.

En concreto, la retribución anual de un consejero del Gobierno andaluz –al que se debe equiparar la del Defensor del Pueblo, cargo que actualmente desempeña Jesús Maeztu– se ha fijado en 83.758,22 euros, mientras que la de un viceconsejero asciende a 79.373,00 euros, cantidad a la que deben elevarse los sueldos de los adjuntos al Defensor.

GENERACIÓN DE CRÉDITOS

Desde la Mesa del Parlamento continúan explicando en este acuerdo del pasado mes de febrero que “esta homologación y actualización de las retribuciones del titular de la institución y de sus adjuntos no se ha contemplado en el presupuesto de 2024 del programa presupuestario del Defensor del Pueblo Andaluz”, aprobado por el órgano de gobierno de la Cámara autonómica el 25 de octubre de 2023, “habida cuenta de las fechas de aprobación posteriores de la normativa de las que deriva su aplicación”.

Por ello, “la asunción del pago de las referidas retribuciones ha ocasionado un déficit presupuestario totalmente imprevisto y de carácter excepcional”, según advierte la resolución de la Mesa del Parlamento, que detalla que, “para hacer efectiva la actualización” de dichas retribuciones “se precisa una generación de créditos por importe de 50.640,00 euros”.

Así las cosas, y “previo informe favorable del interventor delegado de la Intervención General en el Defensor del Pueblo Andaluz”, la Mesa del Parlamento acordaba el pasado 21 de febrero autorizar una modificación presupuestaria de generación de crédito con cargo al fondo de remanentes para la partida de ‘retribuciones de altos cargos’ del Defensor del Pueblo Andaluz, por importe de 50.640,00 euros.

De igual modo, con esta decisión la Mesa del Parlamento ha acordado “la actualización de las retribuciones para el Defensor del Pueblo Andaluz y sus adjuntos en los términos y condiciones estipulados en la Resolución de 15 de enero de 2024, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se da cumplimiento a lo establecido en el apartado 6 del artículo 10 bis de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de declaración de actividades, bienes, intereses y retribuciones de altos cargos y otros cargos públicos, de conformidad con lo previsto en el acuerdo previo de la Mesa del Parlamento de 31 de julio de 1996”.


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