Aceptan una “pena mínima” de un año y medio de prisión que queda suspendida siempre que no vuelvan a delinquir durante dos años
SEVILLA, 20 (EUROPA PRESS)
La Audiencia de Sevilla ha condenado este jueves a dos empresarios como cooperadores necesarios de un delito de prevaricación en concurso con un delito de malversación de caudales públicos, con la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificadas; por las ayudas sociolaborales de 2,9 millones de euros concedidas por la Junta de Andalucía a la empresa Uvesa, mediante el mecanismo de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos y las subvenciones arbitrarias y sin publicidad.
En concreto, en el banquillo de los acusados se han sentado este jueves los empresarios M.G.M. y F.M.P. como responsables de la empresa Uvesa del sector de la carne de pollo; después de que allá en 2011, en los primeros compases de la investigación de la macro causa de los ERE, el Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, entonces con la juez Mercedes Alaya al frente, ordenase indagar los aproximadamente 2,9 millones de euros recibidos por esta entidad en concepto de ayudas sociolaborales.
En ese marco, pesa que fruto del expediente de solicitud de reintegro de fondos promovido por la Junta de Andalucía con relación a dicha cuantía y la resolución de un posterior litigio Contencioso Administrativo sobre el asunto, la Administración andaluza habría obtenido el pago de más de 3,2 millones de euros.
ACUERDO DE CONFORMIDAD
De este modo, M.G.M. y F.M.P. se han sentado en el banquillo de los acusados y justo al comenzar la sesión, la fiscal del caso ha anunciado un acuerdo de conformidad entre las partes del procedimiento judicial, mediante el cual los encartados han reconocido ser cooperadores necesarios de un delito de prevaricación en concurso con un delito de malversación de caudales públicos, con la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificadas.
Fruto de ello, la fiscal ha manifestado que ha reducido su petición de condena a una “pena mínima” de un año y medio de prisión y tres años y medio de inhabilitación absoluta para cada uno de los acusados, con la responsabilidad civil ya satisfecha con los citados 3,2 millones de euros.
SUSPENSIÓN DE LAS PENAS DE CÁRCEL
Ambos acusados han mostrado su conformidad con tales términos del acuerdo y han aceptado las mencionadas penas, declarando así el tribunal su condenada; tras lo cual su defensa ha solicitado suspender sus penas de prisión.
Dado que ni la Fiscalía ni el PP andaluz, personado en la causa, se han opuesto, el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia ha accedido a suspender sus penas de cárcel, siempre que no vuelvan a delinquir en un periodo de dos años.
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