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Andalucía publica la orden que regula las reclamaciones de suministro eléctrico y los modelos para su solicitud

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SEVILLA, 25 (EUROPA PRESS)

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado este lunes, 25 de marzo de 2023, la orden de la Consejería de Industria, Energía y Minas que tiene por objeto la regulación del procedimiento de reclamaciones en materia de suministro eléctrico y la aprobación de los modelos específicos para su solicitud.

La orden, consultada por Europa Press, tiene por objeto regular el procedimiento administrativo de reclamaciones en materia de suministro eléctrico previstas en la normativa en materia de energía en los ámbitos de la calidad del servicio, el contrato de peajes de acceso, la contratación y facturación de suministros en mercado regulado, la suspensión de suministros, los equipos de medida y control, el acceso y conexión a redes de transporte y distribución de suministro eléctrico, las discrepancias en las condiciones de otorgamiento de un nuevo suministro eléctrico por parte de las empresas distribuidoras, así como otros tipos de discrepancias que hayan de ser resueltas por la Consejería.

Además, se aprueban los modelos específicos de solicitudes a través de los que se presentarán las reclamaciones en materia de suministro eléctrico, que son dos: uno para reclamaciones en nuevo suministro eléctrico y otro para incidencias.

La norma será de aplicación a los procedimientos administrativos en el ámbito de Andalucía, por lo que el solicitante debe tener el Código Universal de Punto de Suministro (CUPS), o en su defecto, tener en dicha región la dirección y titularidad del punto para el que efectúa la reclamación.

OBLIGATORIEDAD DE USO DE LOS FORMULARIOS

Los modelos específicos de presentación de solicitudes –recogidos en anexos a la orden– serán de uso obligatorio por los interesados para la presentación de las reclamaciones, que se presentarán preferentemente de forma electrónica, a través del Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta.

En el caso de las personas físicas, también podrán presentarse en los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en los artículos 26 y 27 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre. Aquellas que opten por la presentación electrónica, podrán solicitar asistencia en el uso de los medios electrónicos en las Oficinas de Asitencia en materia de Registros de la Administración del Ejecutivo andaluz.

Las reclamaciones se dirigirán a los órganos territoriales provinciales competentes en materia de energía de la provincia donde se ubique el suministro eléctrico objeto de la reclamación. En caso de que el alcance de la reclamación supere al de una provincia, se dirigirán al órgano directivo central competente en materia de energía en la Comunidad Autónoma.


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