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Andalucía elimina la obligación de que las farmacias promuevan la dispensación de genéricos después de la advertencia de Competencia

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SEVILLA, 16 (EUROPA PRESS)

El Servicio Andaluz de Salud (SAS), dependiente de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, ha decidido “atender” el requerimiento realizado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en relación a la adenda del convenio entre el SAS y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (Cacof) en la que se especificaba que “cuando se prescriban medicamentos por principio activo que dispongan de genéricos, promoverán la dispensación” de estos últimos.

Se mantiene no obstante de la adenda que, con carácter mensual, los farmacéuticos destinen al SAS el 5% del importe de la facturación que hagan por la venta de genéricos, calculado según el Precio de Venta al Público con el IVA incluido.

Tras el estudio de los servicios jurídicos del citado requerimiento de la CNMC del 28 de mayo, el SAS presentó el pasado 27 de junio sus alegaciones. “Ante la posibilidad de que el punto 2 de la adenda pueda ser malinterpretado o dar lugar a confusión, entendiendo que implica una obligación para las oficinas de farmacia de dispensación preferente de medicamentos genéricos respecto de los de marca, se ha acordado atender el requerimiento realizado y eliminar la adenda en lo relativo a que las oficinas de farmacia, cuando se prescriban medicamentos por principio activo que dispongan de genéricos, promoverám su dispensación”, ha adelantado eldiario.es y han confirmado fuentes del SAS a Europa Press.

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No obstante, las citadas fuentes han aclarado que la citada adenda que ahora se retira “no produce como efecto la expulsión de los laboratorios proveedores de medicamentos originales ni tampoco se impone la priorización de los medicamentos genéricos sobre los originales”. De hecho, la Consejería defiende que la “promoción” de los genéricos no conlleva “una obligación de dispensar, en cualquier circunstancia, los medicamentos genéricos frente a los originales”.

Tampoco, continúa el SAS, “prevé formalmente ningún compromiso para las oficinas de farmacia de dispensar el medicamento genérico antes que el original en los casos en los que estos tengan un mismo precio” y “ni siquiera establece ningún tipo de medida de vigilancia, coercitiva o punitiva respecto a su cumplimiento por parte de las oficinas de farmacia”.

La CNMC informaba a finales de mayo de que había requerido al SAS que “anule la adenda al convenio firmado con el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, ya que prioriza la venta de medicamentos genéricos en las farmacias en detrimento de los de marca. Así, el convenio vulnera el principio de no discriminación de la LGUM (artículos 3 y 18)”.

En esta misma línea, un centenar de farmacéuticos andaluces confirmaban la presentación de un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) contra la adenda suscrita el pasado 4 de abril entre el Servicio Andaluz de Salud (SAS) y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (Cacof) para la promoción de los medicamentos genéricos cuando se prescriben por principio activo. Igualmente, en el recurso piden la suspensión cautelar de dicha adenda.

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Los farmacéuticos entienden que esta decisión les “obliga a renunciar” en favor del SAS a un 5% de su facturación mensual por dispensación de los medicamentos genéricos y entienden que esta decisión genera “un importante menoscabo económico”. El recurso contencioso-administrativo, confiado al despacho Grupo RocaJunyent-Gaona, Palacios y Rozados, ha sido formalizado el pasado martes por los letrados Alberto Camas y Luis López ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha informado el despacho.

Los demandantes afirman que “no sólo pierden ingresos sino que deben seguir pagando a sus proveedores los medicamentos que dispensan a los usuarios del SAS” y se convierten así “de manera forzosa en cofinanciadores del gasto público sanitario andaluz”, aseguran en su escrito.

En el texto, se solicita la suspensión cautelar de la adenda al entender que el Cacof “carece de legitimación para acordar en nombre de sus colegiados los términos del documento y que éstos son, además, contrarios a normativa básica del Estado”. Los demandantes insisten en que el acuerdo suscrito “es una vulneración especialmente grave en lo relativo al margen de las oficinas de farmacia y en lo que se refiere a las autoridades nacionales como competentes para establecer las condiciones económicas de la dispensación farmacéutica”.

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La citada adenda complementa el convenio que suscribieron el Servicio Andaluz de Salud (SAS) y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CACOF) el pasado 15 de junio de 2022, por el que se fijaron las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de las Oficinas de Farmacia de Andalucía.

En virtud a la adenda, con carácter mensual, los farmacéuticos tiene que destinar al SAS el 5% del importe de la facturación que hagan por la venta de genéricos, calculado según el Precio de Venta al Público con el IVA incluido. Están excluidos los medicamentos no sustituibles. Para su abono, el SAS remitirá al Cacof la información, segregada por provincia y oficina de farmacia, de los importes que resulten de aplicar el 5%, según se lee en la adenda consultada por Europa Press.

La información será remitida antes del día 5 del mes siguiente al que corresponde la factura, incluirá las recetas dispensadas a través del sistema de receta electrónica durante el mes de la factura y las no incluidas en este sistema del mes anterior, continúa la adenda. El pago del 5% es efectivo ya desde el pasado mes de mayo de este año.


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