La Asamblea de Extremadura en su sesión de este jueves ha convalidado el Decreto-Ley, por el que se modifica la Ley 2/2002 de protección de la calidad del suministro eléctrico en Extremadura, que tiene como finalidad garantizar el derecho de los consumidores de energía eléctrica en zonas rurales de la región.
La consejera de Economía e Infraestructuras, Olga García, ha expresado en el seno de la Cámara que con esta norma, que ha obtenido el voto favorable de todos los Grupos Parlamentarios, se trata de mejorar la calidad de vida de muchos extremeños, fundamentalmente en zonas rurales, que vienen sufriendo, de manera reiterada, un elevado número de incidentes, interrupciones y variaciones de tensión eléctrica.
Según ha explicado la consejera, la falta de calidad en el suministro eléctrico está afectando a la actividad económica, comercial, doméstica y a la salud de los ciudadanos afectados, creando, en los últimos meses, una alarma social significativa y creciente.
La finalidad principal de este Decreto-Ley es garantizar el derecho de los consumidores de energía eléctrica en zonas rurales de Extremadura a que su suministro, al igual que el resto de consumidores de la región, sea realizado por las empresas distribuidoras de acuerdo a sus necesidades y en términos de seguridad, calidad, eficiencia, objetividad, transparencia y al mínimo coste.
A partir de su entrada en vigor, y en caso de existir deficiencias en el suministro, las empresas distribuidoras quedarán obligadas a adoptar medidas concretas y delimitadas en el tiempo que permitan subsanar las deficiencias indicadas.
Por ello, considera la consejera que la Administración Autonómica dispondrá de las herramientas necesarias para poder llevar un control adecuado de tales circunstancias e incluso sancionar a las empresas por su falta de actuación. Circunstancia ésta última que, tanto la legislación estatal como la propia Ley Autonómica, no contemplaban hasta la fecha.
Las sanciones por incumplimiento de las medidas de actuación presentadas, conllevan una multa de hasta 60.000 euros; pero si no se presentan las medidas correctoras exigidas, podrá sancionarse a la empresa distribuidora con multa de hasta 600.000 euros.
La medida afecta únicamente a las zonas rurales y, concretamente, a las poblaciones con hasta 2.000 suministros de energía eléctrica, o bien zonas de municipios de una empresa distribuidora donde el número de suministros sea inferior al citado.
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