El vicepresidente destaca la “diligencia” de la Junta para responder a las entidades locales y restablecer servicios básicos municipales
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del 19 de noviembre publica la dotación económica para los 45 municipios de las provincias de Málaga y Sevilla afectados por el temporal del pasado mes de octubre. Se trata de las ayudas, recogidas en el decreto ley 3/2018, destinadas a la reparación urgente de las infraestructuras municipales dañadas por las fuertes lluvias de los días 20, 21 y 22 de octubre. Dicho decreto, en el que la Junta consignó 3,5 millones de euros, fue aprobado por el Consejo de Gobierno el 30 de octubre y convalidado por unanimidad en el Parlamento el 8 de noviembre.
El vicepresidente de la Junta y consejero de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, Manuel Jiménez Barrios, ya destacó, durante la presentación del decreto ante la Diputación Permanente del Parlamento, la “diligencia” de la actuación de la Junta y la “inmediatez de la respuesta” a estas entidades locales para restablecer servicios básicos municipales. En este sentido, avanzó que “en menos de un mes” se pondrían los recursos económicos a disposición de los ayuntamientos.
Tras la publicación en el BOJA, las entidades locales tienen tres días para aceptar las cantidades asignadas que, posteriormente, le serán ingresadas. Asimismo, como novedad, este decreto incluye la posibilidad de que los ayuntamientos beneficiados puedan acudir también a la convocatoria ordinaria para atender situaciones de emergencias y catástrofes, que será nuevamente publicada el próximo año.
En la provincia de Málaga, los municipios beneficiados son Algatocín, Almargen, Álora, Alozaina, Alpandeire, Antequera, Ardales, Arriate, Atajate, Benaoján, Benarrabá, Campillos, Canillas de Aceituno, Carratraca, Cartajima, Casarabonela, Cortes de la Frontera, El Burgo, Estepona, Faraján, Fuente de Piedra, Genalguacil, Guaro, Humilladero, Jimera de Libar, Jubrique, Júzcar, Pujerra, Ronda, Serrato, Sierra de Yeguas, Teba y Yunquera.
En la provincia de Sevilla, las entidades beneficiadas son Aguadulce, Badolatosa, Casariche, Écija, El Rubio, El Saucejo, Estepa, Herrera, La Roda de Andalucía, Los Corrales, Martín de la Jara y Osuna.
Para determinar la cuantía correspondiente a cada municipio, la Junta ha tenido en cuenta los criterios de población (5%), superficie urbana (5%), gravedad de los daños sufridos en las infraestructuras municipales (80%) y capacidad económica (10%).
Respecto a la gravedad de los daños se ha tenido en cuenta su valoración económica, aún provisional, una vez han sido identificados y recogidos en los informes emitidos y válidamente suscritos por los servicios técnicos de las entidades locales afectadas o la diputación provincial. En cuanto a la capacidad económica, la valoración será inversa a las cantidades que reciban de la Junta de Andalucía en concepto de Participación de las Entidades locales en los Tributos de la Comunidad Autónoma (PATRICA).
En términos generales, ninguno de los municipios recibirá menos de un 1% ni más de un 12% de los 3,5 millones a distribuir.
ENTIDAD LOCAL CUANTÍA DE LA TRANSFERENCIA
1 AGUADULCE 35.000,00
2 ALGATOCÍN 35.000,00
3 ALMARGEN 35.000,00
4 ÁLORA 53.915,33
5 ALOZAINA 79.042,88
6 ALPANDEIRE 35.000,00
7 ANTEQUERA 90.256,79
8 ARDALES 89.682,26
9 ARRIATE 35.000,00
10 ATAJATE 35.000,00
11 BADOLATOSA 39.396,63
12 BENAOJÁN 54.432,29
13 BENARRABÁ 35.000,00
14 CAMPILLOS 420.000,00
15 CANILLAS DE ACEITUNO 35.000,00
16 CARRATRACA 35.000,00
17 CARTAJIMA 35.000,00
18 CASARABONELA 49.854,07
19 CASARICHE 343.988,17
20 CORTES DE LA FRONTERA 35.000,00
21 ÉCIJA 55.323,57
22 EL BURGO 35.000,00
23 EL RUBIO 96.475,47
24 EL SAUCEJO 35.000,00
25 ESTEPA 294.974,03
26 ESTEPONA 420.000,00
27 FARAJÁN 35.000,00
28 FUENTE DE PIEDRA 35.000,00
29 GENALGUACIL 35.000,00
30 GUARO 35.000,00
31 HERRERA 35.000,00
32 HUMILLADERO 40.944,56
33 JIMERA DE LIBAR 35.000,00
34 JUBRIQUE 35.000,00
35 JÚZCAR 35.000,00
36 LA RODA DE ANDALUCÍA 35.000,00
37 LOS CORRALES 44.743,32
38 MARTÍN DE LA JARA 57.665,68
39 OSUNA 35.000,00
40 PUJERRA 35.000,00
41 RONDA 108.742,18
42 SERRATO 57.485,12
43 SIERRA DE YEGUAS 35.000,00
44 TEBA 193.077,63
45 YUNQUERA 35.000,00
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