El Consejo de Gobierno ha autorizado este miércoles la convocatoria de las subvenciones a los municipios de la región para financiar las ayudas para suministros mínimos vitales (agua, electricidad y gas), durante el próximo año 2019, con un presupuesto de 4.600.000 euros.
De acuerdo con la orden de convocatoria, el importe de las ayudas para cada uno de los municipios beneficiarios será el solicitado por la entidad local, con limitaciones máximas dependiendo del número de habitantes y que oscilan entre los 3.707,21 euros de ayuda máxima para municipios de menos de 1.000 habitantes; y los 337.500 euros para ciudades de más de 90.000 habitantes.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas para suministros mínimos vitales las personas que estén empadronadas y residan legal y efectivamente en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con una antigüedad de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Este requisito de antigüedad no será exigible a los emigrantes extremeños retornados, a los transeúntes ni a los extranjeros refugiados o con solicitud de asilo en trámite, así como a los que tengan autorizada su estancia por razones humanitarias.
Los beneficiarios de estas ayudas deberán acreditar también que carecen de rentas o ingresos suficientes. En este sentido, se especifica que se considera que existen rentas o ingresos suficientes cuando los ingresos netos de la unidad de convivencia sean superiores al 100 % del importe mensual fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del ejercicio correspondiente para el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), referido a catorce pagas, incrementándose en un 8% por cada miembro de la unidad de convivencia.
Además, en aquellas unidades de convivencia en la que haya algún miembro con una discapacidad en grado igual o superior al 65 % o tuviera reconocida la situación de Dependencia se incrementará un 10 % por cada miembro de la unidad de convivencia.
Para los solicitantes de las ayudas para suministros mínimos vitales que sean beneficiarios del bono social para consumidores vulnerables severos, se aplicarán los límites de renta y se realizará su cómputo conforme a lo establecido en la normativa reguladora del bono social para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social a los solos efectos del pago de facturas de suministro eléctrico.
La cuantía de la ayuda por todos los conceptos dependerá del número de miembros de la unidad de convivencia. Hasta 2 miembros, la cuantía máxima de la subvención será de 700 euros; entre 3 y 4 miembros, se cifra en 800 euros; y de 5 o más miembros, en 900 euros.
AYUDAS PARA LOS JUDEX Y LOS JEDES
Por otra parte, el Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se regula la concesión directa de las subvenciones a 32 federaciones deportivas de Extremadura para el desarrollo de los Juegos Deportivos Extremeños (JUDEX) y de los Juegos Extremeños del Deporte Especial (JEDES), durante la temporada 2018/2019, por importe de 2.670.000 euros.
La celebración anual de los JUDEX y de los JEDES supone un acontecimiento deportivo en el que concurre un marcado interés público, social y económico. Ambos programas constituyen la principal actividad de promoción del deporte escolar y del deporte de las personas con diversidad funcional en la región y a lo largo de su historia (37 ediciones de los JUDEX y 35 de los JEDES) se han convertido en dos programas ejemplares.
Los JUDEX constituyen un instrumento fundamental para el fomento de la práctica deportiva y para la adquisición de habilidades y destrezas en edad escolar, para la educación en valores y para la recreación a través de la competición.
Los JEDES se caracterizan por un marcado acento social, donde el deporte aparece como un importante instrumento de adquisición de confianza, de participación, de integración y de superación personal para el colectivo al que va destinado.
En la pasada edición participaron más de 42.000 deportistas, lo que exige una esmerada coordinación y planificación que requiere la participación de múltiples agentes pero, sobre todo, de las federaciones deportivas extremeñas que están técnicamente capacitadas para desarrollarlos.
Además, ostentan las competencias en materia de arbitraje, aprueban los reglamentos deportivos y colaboran en la organización y desarrollo de las competiciones oficiales.
Se subvencionarán los gastos relativos a personal, organización, arbitraje, transporte público, manutención, alojamiento de deportistas, personal técnico deportivo y personal federativo o de entidades deportivas colaboradoras, adquisición de equipaciones y material deportivo, alquiler de instalaciones y mobiliario, y seguros de accidentes deportivos, entre otros.
AYUDAS PARA PROTECCIÓN CIVIL
El Consejo de Gobierno ha aprobado también un decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de Protección Civil en Extremadura.
Dada la importancia que tiene la Protección Civil en el ámbito de la seguridad pública, resulta necesario que la Administración autonómica realice acciones encaminadas a consolidar y fomentar tanto la participación ciudadana, a través de entidades de voluntariado, en la gestión de las emergencias, como que las distintas entidades locales que integran la región extremeña cuenten con su respectivo Plan Territorial.
Según se indica en el decreto de bases reguladoras, respecto a la financiación de entidades locales (municipios, entidades locales menores o mancomunidades) que cuenten con Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil, se contemplan –para la adquisición de equipamiento y/o medios necesarios para el desarrollo de su actividad– tres sublíneas de subvención, que son: “A”, vestuario; “B”, medios materiales y técnicos; y “C”, medios móviles.
La cuantía concedida a cada beneficiario podrá ser de hasta el cien por cien de la inversión prevista y solicitada, con un importe máximo individual de 5.000 euros para la sublínea “A”, 10.000 euros para la sublínea “B” y 20.000 euros para la sublínea “C”.
Asimismo, en este decreto se establece también una línea de subvención dirigida a la elaboración de Planes Territoriales de Protección Civil de ámbito local (municipales o supramunicipales), así como a su modificación (en su caso) y a la realización de actuaciones inherentes a la implantación de dichos planes.
La cuantía individualizada de la subvención que se podrá otorgar a cada una de las entidades solicitantes será del cien por cien del importe solicitado aunque habrá algunas limitaciones derivadas de la población del municipio o mancomunidad o de que se trate de una elaboración, modificación o implantación del plan.
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