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La CNMC solicita la opinión de empresas de telecomunicaciones, especialistas en sonido y consumidores sobre el nivel de volumen de los anuncios en los servicios audiovisuales

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MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto una consulta pública sobre el volumen de los anuncios en los servicios audiovisuales para recabar la opinión de los prestadores de estos servicios, expertos en sonido, asociaciones de consumidores y cualquier persona o entidad interesada en la regulación del nivel sonoro de la publicidad.

El objetivo, según ha señalado la propia CNMC, es analizar la aplicación de la normativa que regula el nivel sonoro de los anuncios en los servicios audiovisuales y concretar los criterios que permitan supervisar el cumplimiento de esta obligación y “garantizar una experiencia auditiva adecuada para los espectadores”.

El artículo 121.4 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) establece que “el nivel sonoro de las comunicaciones comerciales audiovisuales no puede ser superior al nivel medio del programa que le precede”. La CNMC ha destacado que, sin embargo, la norma no especifica cómo medir este nivel sonoro ni qué umbrales considerar para determinar si hay un incumplimiento.

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La Comisión ha recibido quejas de usuarios sobre anuncios con un volumen “anormalmente alto” en comparación con los programas en los que se insertan, por lo que considera necesario “definir una metodología objetiva para evaluar estas diferencias sonoras y garantizar el cumplimiento de la ley”.

De este modo, el organismo pregunta si deben aplicarse los estándares técnicos de sonoridad recomendados a nivel europeo para medir el nivel sonoro de los anuncios; cuándo se puede considerar que hay incumplimiento; cómo se podría abordar la variación de niveles sonoros en diferentes servicios; qué condiciones deben cumplir los mecanismos acústicos que marquen el inicio de la publicidad, de manera que no resulte molesto para los espectadores.

La consulta está abierta a prestadores audiovisuales, expertos en sonido, asociaciones de consumidores y cualquier persona o entidad interesada en la regulación del nivel sonoro de la publicidad, y las respuestas deben enviarse a través de la sede electrónica de la CNMC antes del 30 de abril de 2025.

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