
CÁDIZ/SEVILLA, 19 (EUROPA PRESS)
Los letrados del Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha solicitado al Juzgado de Instrucción número tres de Cádiz su personación como “posible responsable civil subsidiario” en la causa abierta por la adjudicación de contratos de este organismo.
Ese escrito de personación tiene fecha de 17 de marzo y se trata del segundo paso procesal en esta instrucción que adopta la Junta de Andalucía en el plazo tan solo de una semana.
El día 10 la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Cádiz, Rosa María García Jover, aceptaba la personación del SAS “en calidad de perjudicado” ante la petición que le había hecho la Administración autonómica en ese sentido.
Argumenta en su escrito la letrada del SAS María Angustias Moreno “que esta representación letrada ha tenido conocimiento de la existencia de actuaciones relativas a las Diligencias Previas indicadas en el encabezamiento, viniendo a personarnos por medio del presente escrito en las actuaciones indicadas, en nombre y representación del Servicio Andaluz de Salud, como posible responsable civil subsidiario”.
Plantea la abogada autonómica a la jueza que “se sirva admitirlo” y, que a partir de este momento, su estatus legal sea este nuevo planteamiento de responsable civil subsidiaria, por cuanto le dice que así “se entiendan con la misma las sucesivas diligencias”, además de facilitarle a la jueza la dirección de la Asesoría Jurídica Provincial del Servicio Andaluz de Salud “a efectos de notificaciones y demás comunicaciones”.
El Código Penal define en su Título V la responsabilidad civil derivada de los delitos y de las costas procesales.
En el artículo 121 establece que “el Estado, la Comunidad Autónoma, la provincia, la isla, el municipio y demás entes públicos, según los casos, responden subsidiariamente de los daños causados por los penalmente responsables de los delitos dolosos o culposos, cuando éstos sean autoridad, agentes y contratados de la misma o funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos o funciones siempre que la lesión sea consecuencia directa del funcionamiento de los servicios públicos que les estuvieren confiados, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial derivada del funcionamiento normal o anormal de dichos servicios exigible conforme a las normas de procedimiento administrativo, y sin que, en ningún caso, pueda darse una duplicidad indemnizatoria”.
“Si se exigiera en el proceso penal la responsabilidad civil de la autoridad, agentes y contratados de la misma o funcionarios públicos, la pretensión deberá dirigirse simultáneamente contra la Administración o ente público presuntamente responsable civil subsidiario”, continúa indicando el Código Penal sobre esta posición.
En el artículo 126 señala que “los pagos que se efectúen por el penado o el responsable civil subsidiario” se dirigirán, entre otros aspectos, a “la reparación del daño causado e indemnización de los perjuicios”.
JUNTA: “ESTAMOS TRANQUILOS, NO ES CONTRADICTORIO”
Esa petición de personación del SAS como responsable civil subsidiario en la causa abierta en un juzgado de Cádiz se le ha planteado en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno a la consejera de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y portavoz del Gobierno andaluz, Carolina España.
Cuestionada por este paso procesal y su aparente contradicción entre la petición de ser considerada parte perjudicada a responsable civil subsidiaria, España ha afirmado que “estamos tranquilos” y que “en ningún momento es contradictorio”.
“Desde el Gobierno andaluz lo que queremos es colaborar siempre con la justicia, aportar la máxima información disponible para aclarar cuanto antes esta situación”, ha sostenido España, que ha situado la decisión en los servicios jurídicos autonómicos, así como que la decisión la habrán estimado como “lo más oportuno y adecuado”.
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