
VALLADOLID, 14 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha acordado que no celebrará una vista para resolver los recursos contra la sentencia de la Audiencia de Valladolid dictada en septiembre de 2024 relativa al caso conocido como ‘Meseta Ski que sentó en el banquillo a responsables de la Sociedad Provincial de Desarrollo (Sodeva), entre ellos al ya exalcalde de Olmedo, Alfonso Centeno, quien tuvo que dimitir de su cargo una semana después a raíz del fallo condenatorio.
En una providencia recogida por Europa Press, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, se remite a lo dispuesto en el artículo 846 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en relación con lo establecido en los artículos 791.1 y 792.1 de la misma, que le lleva a “no estimar necesaria la celebración de vista para la correcta formación de una convicción fundada, con lo que procede, sin más trámites por la Letrada de la Administración de Justicia, al señalamiento de fecha para deliberación, votación y fallo”, sin que la misma haya sido aún fijada.
La sentencia de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia de Valladolid impuso al expresidende de Sodeva, Alfonso Centeno, nueve años y un mes de inhabilitación especial para empleo o cargo público por delito continuado de prevaricación administrativa en la tramitación y construcción en Villavieja del Cerro de un complejo de ocio y aventura que tenía como infraestructura estrella dos pistas de esquí en seco, hechos por los que también fue condenado a siete años y tres meses de inhabilitación el que era vicepresidente de la sociedad, Pedro Pariente, por prevaricación administrativa. Ambos recurrieron ante el Alto Tribunal castellanoleonés.
Otros dos de los ‘inquilinos’ del banquillo, el arquitecto Valentín González y el jefe de Urbanismo de la Diputación vallisoletana, Luis Torroglosa, fueron absueltos de los cargos que les imputaban.
La condena, en sus fundamentos de derecho, consideró acreditado que el proyecto inicial fue modificado sin aparente justificación técnica o económica, una modificación “relevante, cuantitativa y cualitativamente, en referencia a que el importe de las obras aumentó en casi tres millones de euros, cuando el precio inicial del contrato era de poco más de cuatro, “de forma que hablamos de un incremento del presupuesto de cerca del 75%”.
Pero además, la modificación, según el tribunal, afectaba a un elemento tremendamente sustancial de una pista de ski seco, como era la superficie esquiable, modificándose no sólo el material de dicha superficie, sin también, de forma aún más que significativa, sus dimensiones, modificación que se llevó a cabo “omitiendo de manera flagrante las más elementales normas jurídicas”.
Y no sólo porque se acordó la modificación de un contrato suscrito entre las partes apenas cuatro meses antes, “sino porque no se llevó a cabo un nuevo proceso de contratación, quebrándose con ello los principios de publicidad y libre concurrencia que debían regir el proceso de adjudicación, al tratarse de un procedimiento de contratación de una empresa privada cuyo capital social era total e íntegramente de carácter público”.
“Es más, ni siquiera se comunicó la existencia de ese proyecto complementario a la otra empresa, que había participado en el proceso de licitación”, con lo que “existió, por tanto, una infracción manifiesta del procedimiento de contratación y una infracción del contrato previo”.
En el procedimiento, además de la fiscal del caso, que había interesado la inhabilitación de los cuatro encausados por espacio de siete años, se personó como acción popular el grupo Valladolid Toma la Palabra y Ecologistas en Acción, que solicitó once años de inhabilitación y, en concepto de responsabilidad civil, la obligación de los ocupantes del banquillo de indemnizar a Sodeva y/o la Diputación con 11,5 millones euros por el perjuicio económico causado, frente a la petición absolutoria de las defensas.
Los acusadores entendían que el que Centeno y sus compañeros de banquillo “actuaron de forma caprichosa, arbitraria y carente absolutamente de amparo jurídico” a lo largo de la tramitación del proyecto, desde su inicio y hasta el final.
Su actuación se circunscribe al periodo que media entre la firma del contrato para la ejecución de las obras del citado complejo de ocio, el 13 de julio de 2006, y la celebración del Consejo de Administración de Sodeva, el 31 de marzo de 2008, en el que se aprobó el proyecto refundido que venía a validar la totalidad de los trabajos que hasta entonces se habían ejecutado y que, sin embargo, diferían por completo de los encomendados de inicio.
Las acusaciones señalaron al entonces vicepresidente de la Diputación y presidente de Sodeva, Alfonso Centeno, por su interés en beneficiar a la empresa adjudicataria de las obras, Corsan Corviam, debido a la “amistad personal” que existía entre él y el propietario de la mercantil, algo que consideraban acreditado por el viaje que el todavía hoy regidor de Olmedo y su esposa realizaron en 2007 a Japón junto al empresario.
Los acusadores situaron a Centeno como ‘alma mater’ de las irregularidades cometidas, en referencia al hecho que decidió modificar por completo el proyecto nada más ser adjudicado a Corsan Corviam, con un presupuesto base de 4.060.000 euros que luego superaría los 9.000.000 de euros tras decidirse modificar la superficie de las pistas de esquí y triplicar la superficie, que pasa de 3.000 a 9.000 metros.
También le censuraron por haber “engañado” al Ayuntamiento de Tordesillas y a la Junta a la hora de solicitar las licencias, ya que las mismas en todo momento se referían al primer proyecto, no a las sucesivas modificaciones que tendrían que haber llevado a iniciar una nueva tramitación para aprobar otro presupuesto y sacar nuevamente a licitación el complejo.
En este sentido, recordaron que para cuando se celebró el Consejo de Administración de Sodeva el 31 de marzo de 20028, los trabajos se encontraban al 99%, es decir, por valor de unos 9.000.000 de euros, de ahí que las obras estuvieron hasta entones all margen de “todo amparo jurídico”, y ello pese a aprobarse entonces ese proyecto refundido con el que se pretendía “validar o amparar” lo ejecutado.
“La participación de Centeno es absolutamente ineludible”, insistió el último día del juicio la fiscal, que extendió la responsabilidad a los otros tres encausados por, desde sus respectivos puestos y funciones, aprobar, validar y respaldar unas obras que sabian perfectamente que eran totalmente distintas de las inicialmente contratadas.
Por su parte, el abogado de la acción popular atribuyó el ‘Caso Meseta Ski al “capricho y ocurrencia” de una persona, en alusión directa a Centeno por la idea de construir en plena meseta, un lugar “erróneo a todas luces” según entiende, unas pistas de esqui en seco y sin antes haber encargado un informe y estudios rigurosos sobre la viabilidad de la misma, entre ellos un plan de negocios.
El proyecto de Meseta Ski estuvo plagado de obstáculos desde un inicio. Aunque el proyecto trató de ser salvado a través de las Cortes, que en 2010 declaró la iniciativa como Proyecto de Interés Regional, una sentencia del Tribunal Constitucional supuso el último varapalo a esta iniciativa y se tradujo en el desmontaje de toda la infraestructura y la restitución de la zona a su estado original. Allí quedaron enterrados cerca de 11.000.000 de euros.
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