Inicio Comunidad Valenciana El ex secretario de Emergencias afirma que durante la dana desempeñó su...

El ex secretario de Emergencias afirma que durante la dana desempeñó su cargo “con absoluta responsabilidad y diligencia”

0

Argüeso expresa a la jueza que quiere colaborar con unas “mínimas garantías” y pide que se concreten los motivos de su imputación

VALÈNCIA, 14 (EUROPA PRESS)

El ex secretario autonómico de Emergencias de la Generalitat Emilio Argüeso defiende que ejerció su cargo “con absoluta responsabilidad y diligencia” en la dana del 29 de octubre, que arrasó gran parte de la provincia de Valencia y que dejó más de 220 víctimas mortales.

Así lo sostiene el ex dirigente en un escrito remitido al Juzgado de Primera Instancia número 3 de Catarroja (Valencia), que investiga los hechos del 29 de octubre de 2024 y que lo ha citado en calidad de investigado al igual que a la que fuera consellera de Emergencias Salomé Pradas.

En dicho escrito de alegaciones, al que ha tenido acceso Europa Press, se subraya la “voluntad” de Argüeso de “colaboración” con el juzgado en la causa. “Mi cliente, tras haber ejercido su cargo de secretario autonómico de Emergencias con absoluta responsabilidad y diligencia en la pasada dana de Valencia, desea declarar en la causa, y contribuir a esclarecer los fatídicos hechos que llevaron a que doscientas veinticinco personas perdieran su vida, y muchos mas resultaron lesionados, en la desgracia natural mas grave que ha sufrido Valencia en los últimos años”, señala la representante legal del ex secretario autonómico.

Leer más:  En la novena edición del Festival de Cine Skyline Benidorm se estrena un espacio de encuentro para los profesionales del cine

Sin embargo, para poder hacerlo “con unas mínimas garantías”, advierte, entiende que se debe completar el auto de la magistrada, que califica de “claramente deficiente e incompleto a todas luces”.

En este sentido, señala que se acuerda la declaración como investigados de Salomé Pradas y de Argüeso “no se expresa, como sería necesario, los motivos, hechos, indicios, situaciones, omisiones, etc. imputables”.

La procuradora recalca que ser secretario autonómico y “supuesto número dos” de una conselleria “no es un delito”, por lo que supone que “deban ser otras las razones de su citación como imputado, que la jueza ha obviado en su auto”. En insiste en que se hace una relación de comunicaciones acerca de situaciones meteorológicas los días de la dana pero sin concretar la participación de Argüeso. “Incluso cuando se refiere en el citado auto al supuesto retraso en el envío de la comunicación pública de aviso por SMS, ¿qué se imputa acerca de eso a mi cliente?. No se expresa”, plantea.

Por otra parte, alega que la jueza hace una relación “no exhaustiva de víctimas mortales”. “Curiosamente no se relacionan todos, sino tan solo unos pocos, la mayoría de los cuales fallecieron por desgracia, en el ámbito territorial de este Juzgado. No entendemos cómo no se relaciona la totalidad, o al menos si es un dato del que la juzgadora no dispone en este momento, cómo no se ha esperado antes de llamar a mi cliente a declarar, a saber las circunstancias de cada uno de los afectados, ya no solo para que mi cliente pueda declarar con unas mínimas garantías, sino también para tener clara la competencia territorial para la instrucción de esta causa”, razona.

Leer más:  Audienta Capital adquiere un 3% de Alantra por cerca de 10 millones de euros

Incide en el mismo sentido en que la información que tiene de la causa “solo es por la prensa” y la que conoció el propio Argüeso personalmente en “los fatídicos días de la dana, en la que en todo momento actuó con una encomiable diligencia en el ejercicio de su cargo”. Y de ese conocimiento, el ex alto cargo de Emergencias “deduce” que la mayoría de fallecidos, y los primeros levantamientos de cadáveres, se habrían producido en el ámbito de los Juzgados de Torrent y no en el de Catarroja.

“GRAVE OMISIÓN”

Considera por tanto la representación de Argüeso que el auto “tiene pues una grave omisión, por no estar completo relacionando, como no podía ser de otra manera en un asunto de presunto homicidio negligente, a la totalidad de víctimas, y al menos algún comportamiento que llevara a entender que mi cliente ha tenido algún protagonismo en los hechos investigados, nos deja en clara indefensión”.

“Para empezar –prosigue– no podemos recurrirlo ni en cuanto a la competencia del Juzgado (ya que no se nos expresa las circunstancias de la totalidad de pobres víctimas), ni en cuanto a los motivos de imputación (…). Y en todo caso, con independencia de ello, es que debe formar parte del auto el desarrollo, aunque sea mínimo de los hechos que se imputan a mi cliente”.

Leer más:  Gamarra critica a Sánchez por afirmar que "cualquier primer ministro" tiene más conocimiento sobre el plan de gastos en defensa que los españoles

Por todo ello, solicita al juzgado que admita el escrito y dicte un nuevo auto resolviendo que se subsane el del 10 de marzo, de forma que “se pormenorice la totalidad de victimas y sus circunstancias, aunque fuere de forma somera, con expresión del lugar y momento, donde se levantó el cadáver de cada una de ellas” y “se exprese qué comportamiento, qué hechos u omisiones incardinables en algún artículo del Código Penal se le imputa”.


- Te recomendamos -