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El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares desestima el recurso presentado por el Club Marítimo Molinar Levante contra el desalojo y la paralización de su actividad

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PALMA, 12 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) ha desestimado el recurso interpuesto por el Club Marítimo Molinar de Levante contra la resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) que revocaba su autorización de ocupación temporal y ordenaba el desalojo de las instalaciones de la dársena del Caló d’en Rigo.

La sentencia hace referencia a los hechos ocurridos en 2019 cuando la entidad náutica se negó a abandonar el espacio una vez extinguidos sus derechos de ocupación, según ha señalado este miércoles la APB en una nota de prensa.

En la sentencia de 24 de enero de este año, el tribunal rechaza las alegaciones del Club Marítimo Molinar Levante (CMML), incluida la supuesta desviación de poder y arbitrariedad de la APB.

Desde la APB han destacado que la Sala sostiene que la entidad portuaria actuó dentro de sus competencias y que el CMML era consciente desde el inicio de la autorización de la posibilidad de revocación debido a la ejecución de las obras en la zona.

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El TSJIB recuerda que una sentencia anterior de junio de 2023 ya había ratificado la legalidad de la paralización de la actividad del restaurante del Club. Según el fallo, el CMML aceptó la autorización de ocupación en marzo de 2019 con conciencia de su carácter temporal y de las cláusulas que permitirían su revocación unilateral.

Asimismo, el tribunal destaca que el desalojo respondía a la necesidad de ejecutar obras en la zona portuaria, constatada mediante inspecciones que revelaron un estado deficiente de los muelles y el edificio social.

También rechaza la supuesta vulneración de los principios de transparencia, objetividad y confianza ilegítima al considerar que la actuación de la APB se ajustó a la legalidad y al interés público.

La entidad portuaria ha recordado que a partir de febrero de 2019 la APB y el CMML entraron en un conflicto debido a la negativa del Club a desalojar sus instalaciones. La APB había informado al Club sobre la extinción de sus derechos de ocupación en el puerto del Molinar, solicitando el traslado de las embarcaciones al Portitxol para comenzar las obras.

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El CMML solicitó una prórroga, argumentando retrasos en la entrega de llaves y autorizaciones por parte de la APB, que lo desmintió. Así, en mayo del mismo año agentes de la Policía Portuaria ordenaron el cese de actividades en el edificio del restaurante y la sede social e impidieron el acceso al mismo.

El Club anunció su intención de seguir operando hasta recibir una resolución judicial que ordenara el desalojo y, en octubre, la APB solicitó al TSJIB el desahucio administrativo del Club de las instalaciones que ocupaba, para obtener una resolución judicial que respaldara la necesidad de liberar el espacio para poder ejecutar las obras.


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