PONTEVEDRA, 11 (EUROPA PRESS)
Una odontóloga del Servizo Galego de Saúde (Sergas) ha sido condenada a año y medio de cárcel por un delito contra la intimidad por entrar hasta 39 veces sin permiso en la historia clínica de una compañera.
“Estoy muy arrepentida”, ha afirmado en el juicio que ha quedado resuelto este martes en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra.
En virtud del acuerdo alcanzado por las partes, esta dentista ha admitido los hechos y ha sido condenada a un año y seis meses de prisión, además de una multa de 1.980 euros con responsabilidad penal de 1 día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas. Además, será inhabilitada de manera absoluta durante tres años.
Igualmente, la procesada ha aceptado la imposición de la prohibición de aproximación a la víctima a una distancia menor de 100 metros y de comunicación con ella, todo por un período de tres años.
En este acuerdo se han tenido en cuenta las atenuantes de confesión y de reparación del daño pues, antes del juicio, la acusada ingresó en la cuenta del juzgado 2.500 euros para que se destinen a reparar los posibles perjuicios causados.
Las partes también han acordado la suspensión de la pena de cárcel por un período de dos años, con la condición de que la acusada no vuelva a delinquir y que satisfaga el pago de la indemnización, fijada en 12.000 euros, y de las costas procesales.
“Pido perdón. Mis disculpas”, ha manifestado la acusada durante la vista oral “Estoy muy arrepentida. No se volverá a repetir”, ha añadido.
La Fiscalía pedía inicialmente una condena de tres años y medio de prisión e inhabilitación absoluta para la profesión durante nueve años.
Según ha admitido la procesada, esta odontóloga del Servizo Galego de Saúde que ejercía en el complejo hospitalario de Pontevedra accedió en 39 ocasiones a la historia clínica de una compañera del servicio.
La acusada era interina y tenía acceso al IANUS, programa informático que permite a los profesionales de la medicina acceder a la historia clínica de los pacientes en cuya asistencia intervengan en los diferentes niveles de la prestación sanitaria.
Su víctima ejercía en el servicio de odontología del centro de salud de Marín y la acusada no la trataba como paciente, pero, pese a todo, accedió en reiteradas ocasiones a su historial y pudo conocer que estaba siguiendo tratamiento en el servicio de Psiquiatría del centro de especialidades de Mollabao.
Según la Fiscalía, accedió “sin justificación alguna y sin contar con la autorización de la interesada”, a los informes emitidos por el servicio de Psiquiatría en tres ocasiones en 2019, 2020 y 2021.
Además, según detalla el escrito de acusación, la acusada accedió a la historia clínica de su víctima en otras ocasiones “pese a no existir causa justificada para ello” porque no la trataba como paciente. En concreto, entre los años 2013 y 2021 llegó a acceder un total de treinta y seis ocasiones.
La sentencia es firme y contra ella no cabe recurso alguno.
- Te recomendamos -