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Andorra asegurará una ayuda económica del Estado para las personas afectadas por violencia de género

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La proposición de ley permitirá cumplir con el Convenio de Estambul

ANDORRA LA VELLA (ANDORRA), 10 (EUROPA PRESS)

Andorra aplicará por primera vez un sistema de prestación económica en favor de las víctimas de violencia de género a cargo del Estado, de carácter subsidiario a la responsabilidad del autor, y a la eventual existencia de otros sistemas de compensación, como los seguros privados.

La aplicación de este sistema se prevé en una proposición de ley de modificación de la Ley para la erradicación de la violencia de género y la violencia doméstica que han presentado de forma conjunta todos los grupos parlamentarios del Consell General (Parlamento), según han informado todos ellos en una nota de prensa.

La proposición ha sido impulsada por el grupo Demócrata, de Concòrdia, Socialdemócrata, de Ciutadans Compromesos y por el conseller General no adscrito, Víctor Pintos, para incorporar un nuevo capítulo que es el que incluye el sistema de compensación.

Dicha modificación de ley permitirá levantar la reserva de enmienda sobre el artículo 30, emitida por Andorra en el momento de la ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre la Prevención y la Lucha Contra la Violencia hacia las mujeres y la violencia doméstica, más conocido como Convenio de Estambul.

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GRUPOS

Según han recordado la presidenta suplente del grupo Demócrata, Maria Martisella, la presidenta suplente del grupo de Concòrdia, Núria Segués, y la presidenta del grupo Socialdemócrata, Judith Casal, la modificación responde al compromiso al que llegaron todos los grupos parlamentarios en julio de 2023, cuando se debatió en el Consell General la renovación de la citada enmienda.

Martisella ha indicado que será un sistema de compensación para la víctima “ágil y eficaz”, que se activará en caso de que, después de sentencia firme, el agresor no asuma la indemnización establecida.

La consellera General demócrata ha garantizado que en cualquier caso la misma ley establece que la prestación debe ser coherente con “el necesario mantenimiento de las finanzas públicas”, teniendo en cuenta que el Estado tiene la obligación de reclamar la indemnización al agresor condenado.

DETALLES

Las personas beneficiarias podrán ser las víctimas de violencia de género, de maltratos en el ámbito doméstico o de delitos contra la libertad sexual cometidos a una mujer en Andorra, sea mayor o menor de edad, y que sufra lesiones graves o daños físicos, psicológicos o de muerte.

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En caso de fallecimiento, las personas beneficiarias serían los hijos menores de edad no emancipados y los hijos mayores de edad con discapacidad, es decir, que fuesen dependientes de la víctima.

También se incluye un régimen de incompatibilidades para recibir la prestación que se aplicaría solamente en casos en que la víctima ya cobrase una indemnización, ya sea a través del agresor o a través de un sistema de seguro privado.

Segués ha detallado que el Gobierno “exige al agresor que pague lo que le toca asumir”, asegurando así que la víctima reciba la prestación de forma inmediata, sin tener que esperar, y al mismo tiempo, se mantiene la obligación que el responsable del delito asuma los costes.

Por su parte, Casal ha destacado que el Estado tendrá una posición “más garantista y protectora” con las mujeres y sus hijos y que el país accede a una posibilidad más éticamente responsable con las consecuencias de un machismo que ha calificado de estructural y que ha afirmado que todo el mundo debe combatir, textualmente.

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Finalmente, el texto prevé un periodo transitorio para dar la posibilidad a las víctimas desde 2015 que no han sido reparadas y que actualmente no estén en proceso de serlo, para que dispongan de dos años para poder pedir dicha reparación.


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