El 55% de los expedientes registrados en los Puntos de Encuentro Familiar son derivados por los juzgados de Violencia contra las Mujeres
Los Puntos de Encuentro Familiar (PEF) de Andalucía atendieron durante el primer semestre de este año a 1.967 menores de edad, según el balance de este recurso público que gestiona la Consejería de Justicia e Interior y al que llegan por derivación judicial casos de progenitores en procesos y situaciones de interrupción de la convivencia familiar con una alta conflictividad.
Todas las capitales de provincia, además de Algeciras, Jerez y Marbella, cuentan con Puntos de Encuentro, constituidos como un espacio idóneo y neutral para garantizar el derecho esencial de los menores de edad a relacionarse con sus progenitores y familiares. De esta forma, se hacen posible los regímenes de visitas, comunicación y estancia de estos menores con los progenitores o familiares que no dispongan de su custodia, determinados por los órganos judiciales.
Durante los seis primeros meses de este año, los PEF de las ocho provincias andaluzas tramitaron un total de 1.469 expedientes, 814 de ellos (el 55,4%) derivados por juzgados de Violencia contra las Mujeres y en los que había 761 menores afectados por las medidas de protección adoptadas judicialmente.
Para estos casos de violencia de género, en los PEF se adoptan medidas que evitan el contacto entre agresor y víctima, además de fijar un protocolo horario que garantiza en todo momento el cumplimiento de las medidas judiciales impuestas a la persona investigada o penada.
Los PEF cuentan con un equipo técnico multidisciplinar formado por psicólogos, pedagogos, trabajadores sociales y educadores, especialmente formados para la atención de casos con conflictividad familiar.
La Junta de Andalucía puso en marcha en el año 2009 los Puntos de Encuentro Familiar, donde se facilita un servicio temporal, excepcional y de carácter gratuito, con el objetivo de propiciar la normalización de la convivencia familiar. La duración de la intervención está limitada a un período máximo de 18 meses, prorrogable mediante resolución del órgano judicial correspondiente.
Además, en estos recursos se ofrece orientación psicosocial individual y familiar para que las personas usuarias puedan mejorar sus relaciones y superen la situación de conflicto familiar que motivó la derivación judicial a los PEF.
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