MADRID, 06 (SERVIMEDIA)
La Dirección General de Tráfico (DGT) obligará a las autoescuelas a que el uso del airbag esté en el equipamiento obligatorio de los alumnos que quieran examinarse para tener el carné de moto.
Esa medida figura en una orden ministerial, publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que regula la formación para el acceso progresivo de los motoristas al permiso de conducción de la clase A.
La norma entrará en vigor el próximo 1 de julio para que las autoescuelas puedan adaptarse a las nuevas necesidades recogidas en la orden.
Para que los motoristas obtengan el permiso A es necesario tener más de 20 años de edad, estar en posesión del permiso A2 con al menos dos años de antigüedad (que es el que habilita a conducir motos de 0,2 kw/kg de hasta 35 kw de potencia) y realizar un curso de acceso para poder obtener el permiso de la clase A.
La orden obliga, en la parte práctica para obtener el carné, al uso del airbag para alumnos y profesores, ya que supone la protección de las zonas críticas del tórax, una zona en la que un 35% ciento de los motoristas fallecidos y más de un 25% ciento de los motoristas hospitalizados sufren lesiones.
Teniendo en cuenta que la persona que lo obtenga puede conducir motos de cualquier cilindrada y que es el permiso más frecuente en los motoristas implicados en siniestro mortales, la orden incide en la formación de las principales causas de los siniestros letales, conciencia de sus consecuencias, forma a los conductores en los sistemas de ayuda a la conducción de motocicletas y adapta el contenido del curso a la nueva movilidad.
AYUDA A LA CONDUCCIÓN
Por otro lado, la norma otorga un mayor peso a la circulación en vías abiertas en detrimento de circuito cerrado, al considerar que, tratándose de alumnos titulares de un permiso de conducción de la clase A2 con dos años de antigüedad, disponen de la destreza suficiente en las maniobras de circuito cerrado.
Así, se impartirán tres horas de conocimientos teóricos, dos horas de circuito cerrado y cuatro horas de circulación en vías abiertas al tráfico general.
Dos de las cuatro horas de formación en circulación en vías abiertas al tráfico deberán discurrir obligatoriamente en carretera convencional. Este tipo de vías no desdobladas es donde se producen la mayor parte de los siniestros mortales de motoristas.
Dentro de la formación teórica se incorpora el conocimiento de los sistemas de ayuda a la conducción en las motos (ARAS), asistencias técnicas que incorporan las motos y que contribuyen a hacer más segura la conducción de los motoristas y, por ende, a reducir siniestros. Además, se actualiza contenidos sobre la nueva movilidad, incidiendo en los principales factores de riesgo y en la protección de los vulnerables.
Otra novedad es que el profesor estará obligado a hacer el seguimiento de los alumnos en motocicleta durante las prácticas de circulación en vías abiertas al tráfico, que serán en grupos de un máximo de tres alumnos por profesor. En cuanto a las prácticas correspondientes a maniobras en circuito cerrado, cada profesor tendrá un máximo de cinco alumnos.
Además, existe la posibilidad de que el contenido teórico pueda realizarse de forma online, mediante teleformación o aula virtual.
Una vez superado el curso, que debe estar acreditado por el centro que lo ha impartido, su titular podrá solicitar a la DGT el permiso de la clase A.
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