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La Junta iniciará la aplicación del funcionario en prácticas en cuatro oposiciones, y dejará de serlo si no logra superar esa fase

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SEVILLA, 27 (EUROPA PRESS)

El Gobierno andaluz comenzará a aplicar en cuatro oposiciones la figura del personal funcionario en prácticas, que supondrá que si los empleados que ostenten esa calificación no superan esta fase del procedimiento de acceso a la Administración autonómica, consecutiva a las pruebas de evaluación y de valoración de méritos, dejarán de serlo.

Ésta es de una las previsiones que desarrolla el Decreto 51/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y que entra en vigor este viernes. Viene a su vez a poner en pie una figura, la del personal funcionario en prácticas, recogida en la Ley 5/2023 de Función Pública de Andalucía.

Este decreto dedica todo un capítulo, el IV, al funcionario en prácticas. El decreto 51/2025 regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Según han explicado fuentes de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública a Europa Press, el funcionario en práctico empezará a contemplarse en cuatro futuras convocatorias de empleo público, que serán para el Cuerpo de Administración General Especialidad Jurídico (nivel A1), en el Cuerpo Superior Facultativo de Ingeniero de Telecomunicaciones, en el Cuerpo Superior Facultativo de Estadística y en Cuerpo Técnico Facultativo de Prevención Riesgos Laborales (nivel A2).

Estas fuentes precisan que la ley autonómica se hace de las previsiones sobre el funcionario en prácticas recogidas en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).

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El decreto describe el estatus de funcionario en prácticas como el momento de una convocatoria de empleo público, en este caso de la Administración General de la Junta de Andalucía, en la cual “una vez superada la oposición o el concurso-oposición, las personas aspirantes deban realizar un periodo de prácticas o un curso selectivo de formación”.

El artículo 31.5 del decreto precisa que “de no superar el proceso selectivo, las personas interesadas cesarán en su condición como personal funcionario en prácticas por resolución motivada del órgano competente en materia de función pública”, de manera que supondrá “la pérdida de toda expectativa de ingreso nacida de la superación de la fase de oposición o concurso-oposición del proceso selectivo”.

RESERVA DE LA PUNTUACIÓN OBTENIDA EN LA OPOSICIÓN POR UNA SOLA VEZ

Asegura la norma que “la no superación de dicha fase deberá ser motivada”, así como abre una ventana para quienes encallen en la fase de prácticas, por cuanto “las convocatorias podrán prever la reserva de la puntuación obtenida en la oposición o concurso-oposición por una sola vez”.

Esos empleados que fueron considerados en práctica “podrán volver a ser nombradas personal funcionario en prácticas en el curso o periodo de prácticas inmediatamente posterior que se convoque para el acceso al mismo cuerpo o especialidad”.

Se acotará esa segunda oportunidads para “un número máximo del diez por ciento sobre las plazas convocadas” y la Junta de Andalucía dará “preferencia las personas que hayan superado el curso o periodo de prácticas con mayor puntuación, en el caso de que la calificación hubiera sido numérica, seguidos de los que hubieran obtenido mayor puntuación en el concurso-oposición, u oposición, en su caso”.

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“La no realización de los cursos de formación o periodo de prácticas tendrá las consecuencias previstas en el apartado anterior”, advierte el Decreto 51/2025.

LA CONVOCATORIA PRECISARÁ LA DURACIÓN Y SI EXIGE SUPERAR LA PRÁCTICA

El Gobierno andaluz precisa que las convocatorias de empleo de la Administración General de la Junta de Andalucía determinarán “la duración total de esta fase” de prácticas, así como “si la admisión a tales cursos o prácticas da derecho al acceso al empleo público o si, por el contrario, éste se encuentra condicionado por la superación de dichos cursos o período de prácticas”.

Ese juicio sobre la superación de la fase de prácticas será competencia “del órgano de selección inicial o por otro órgano colaborador, cuyo nombramiento se efectuará por el órgano convocante”.

De igual forma la convocatoria de empleo deberá precisar “el objeto o contenido de las prácticas”, así como “los criterios objetivos para su evaluación”.

Para ser considerado funcionario en práctica lo serán “las personas aspirantes que hayan superado los ejercicios previos previstos en la convocatoria de acuerdo a la puntuación obtenida en ellos” y se dará ese estatus a “un número de personas equivalente a las plazas convocadas, incrementado, si así lo prevé la convocatoria, en un número de plazas adicionales del veinte por ciento para cubrir posibles futuras vacantes, a cargo de las ofertas de empleo público de los dos años siguientes, más otro diez por ciento adicional”.

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“La condición de personal funcionario en prácticas, una vez verificada la concurrencia de los requisitos exigidos, se adquiere mediante nombramiento de la persona titular del órgano competente en materia de función pública, que será publicado en la sede electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía, y se mantendrá hasta la finalización del curso selectivo de formación o periodo de prácticas”, precisa el decreto 51/2025 sobre este nuevo estatus para los aspirantes a la Administración General de la Junta de Andalucía.

QUÉ ES EL PERÍODO EN PRÁCTICAS El decreto define el período en prácticas como “la valoración, supervisión, tutorización, orientación y dirección profesional a la persona en prácticas”, y el órgano responsable de esta fase elaborará “un informe sobre el alcance de las habilidades y competencias adquiridas por parte de la persona candidata para ejercer las responsabilidades propias de los puestos de trabajo que correspondan a cada cuerpo y especialidad”.

La duración de esta fase de prácticas será de tres meses, de forma genérica, que se ampliará hasta los seis para los cuerpos del grupo A.

El Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP) será el responsable de planificar, organizar y ejecutar el curso selectivo de formación para el funcionario en prácticas, que deberá empezar en un mes a partir de la publicación de la relación de aspirantes que tienen derecho a hacerlo.

Ese curso de formación pretende que los funcionarios en práctica logren “los conocimientos prácticos y habilidades y competencias que van a ejercer en el desempeño de sus puestos de trabajo”.


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