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Tribunales.-Condenado a casi 12 años de cárcel por agredir sexualmente a la nieta de su pareja sentimental

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ALMERÍA, 25 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a once años y nueve meses de prisión a un hombre que agredió sexualmente y de forma continuada a la nieta de su pareja sentimental, quien le tenía como su abuelo, cuando esta contaba con entre cinco y siete años de edad; tiempo en el que además le obligaba a ver vídeos de contenido pornográfico.

La Sección Segunda impone al acusado en su sentencia, consultada por Europa Press, once años de cárcel por el delito de agresión sexual continuado y nueve meses más por el de exhibición de material pornográfico, toda vez le impone 14 años de alejamiento de la pequeña, diez de libertad vigilada y 23 años de inhabilitación para trabajar con menores.

Durante el juicio el tribunal vio acreditado que el acusado, que ha estado en prisión provisional por estos hechos desde febrero de 2023, aprovechaba la relación “causi parental de abuelo” que tenía con la menor para agredirla sexualmente, lo que realizó en “numerosas ocasiones” y de manera “continuada”, al menos, entre marzo de 2020 y enero de 2023.

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De este modo, el hombre se sirvió de los momentos en los que se quedaba a solas en la casa de la abuela al cuidado de la pequeña para someterla a tocamientos y obligarla a realizar prácticas de índole sexual que con su corta edad, además, agravan el delito.

Durante el tiempo que pasaba en la casa a cargo del acusado, este también aprovechaba para mostrarle vídeos de contenido sexual en los que participaban adultos y menores y en los que se veían distintos tipos de actos pornográficos. Por estas agresiones, deberá indemnizar a la familia de la niña con 60.000 euros.

El tribunal tiene en consideración como una de las principales pruebas de cargo la propia declaración de la pequeña, quien relató y escenificó ante la psicóloga que la exploró las prácticas que el acusado realizaba con ella, de modo que incluso llegó a especificar que el condenado la “tocaba por dentro”.

Las manifestaciones realizadas por la menor no solo resultaron creíbles sino que además fueron corroboradas por su madre, quien consiguió que su hija le contara la sucedido al observar un comportamiento anómalo en ella cuando jugaban con una tablet.

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En el mismo sentido, la versión de la niña se vio respaldada por el informe de las psicólogas que la exploraron, quienes acreditaron que su relato era “espontáneo, amplio y muy rico” toda vez que era “compatible con violencia sexual” y la sintomatología “ansiosa y postraumática” que mostraba, con rechazo a los hechos y a su agresor; un miedo que se “intensifica por la noche”.

Aunque el acusado solo reconoció los tocamientos externos a la nieta de su pareja sentimental, el tribunal también tuvo en cuenta un informe médico del Hospital Materno-Infantil en el se apreciaban lesiones en la zona íntima de la niña y recogía sus palabras sobre las situaciones vividas.

La resolución, contra la que cabe recurso, apunta en sus fundamentos que el acusado trató de asegurarse el “secreto” y la “clandestinidad” de sus actos, los cuales realizó sirviéndose de su superioridad sobre la niña, la cual lo “consideraba su abuelo” dado que “había asumido dicho rol” pese a no ser abuelo biológico.

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