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La Cámara de Andalucía recomienda a la Junta establecer un control interno luego de auditar apoyos a hosteleros debido al Covid

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SEVILLA, 19 (EUROPA PRESS)

La Cámara de Cuentas de Andalucía, en virtud de lo dispuesto en su Ley de creación y conforme a lo previsto en el Programa Anual de Actuación de 2023, ha realizado una fiscalización de cumplimiento sobre las subvenciones concedidas a establecimientos hoteleros afectados por el Covid con un alcance temporal entre 2021 y 2023, marco en el que ha emitido una “opinión de legalidad con salvedades”.

En el apartado de recomendaciones, ha aconsejado a la Administración autonómica la posibilidad de implantar un sistema de control interno que “revise y detecte errores”. “El control interno es un conjunto de acciones, normas, políticas y métodos, que permite identificar factores de riesgo en ciertas áreas y posibilita lograr los objetivos a través de la implementación de controles para mitigar los riesgos detectados”, ha explicado en su informe.

También ha planteado establecer una planificación de los controles sobre el terreno que se deben realizar, así como de los controles administrativos sobre las solicitudes de ayuda. Asimismo, recomienda establecer y comprobar que se realizan controles en la totalidad de los expedientes, para comprobar el cumplimiento de los requisitos que se deben mantener a los seis meses por parte de los beneficiarios.

De igual modo, en su informe aconseja revisar el diseño y la ejecución de todas las validaciones que debe realizar el robot RPA, utilizado por la Junta durante la tramitación de estas ayudas para la comprobación de los requisitos durante la fase de concesión, con el fin de evitar que se produzcan errores, para asegurar su correcto funcionamiento.

Entre las deficiencias enumeradas en su documento por el órgano fiscalizador, ha explicado que durante la revisión de las validaciones realizadas se ha detectado que, debido a un error de configuración del RPA, no se han comprobado los requisitos de mantenimiento del alta en los expedientes en los que inicialmente se deniega la subvención y posteriormente se le concede, o en el caso de las subsanaciones.

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La falta de esta comprobación se manifiesta en 20 expedientes de la muestra y en 425 expedientes de la población total. Por tanto, no se puede asegurar el cumplimiento de este requisito en el 44% de la población de expedientes, ha trasladado la Cámara de Andalucía.

Otro de los “incumplimientos” que cita en su documento estriba en que en un expediente no se cumple el requisito del domicilio fiscal en Andalucía tal y como establece el artículo 6 del Decreto-ley. Además, en nueve expedientes se comprueba que la fecha de inscripción del domicilio fiscal en Andalucía es posterior al 13 de marzo de 2020, fecha límite establecida en dicho artículo, y no se ha obtenido evidencia de que el domicilio fiscal anterior estuviera en Andalucía.

En tres expedientes, el importe total concedido en concepto de ayudas de minimis supera la cantidad establecida en el artículo 2.3 del Decreto-ley 6/2021. Por otro lado, durante la revisión de las validaciones realizadas por el RPA, se ha detectado que en un expediente, según los datos incluidos en ‘Incentiva’ (aplicación que se utiliza para la gestión de los expedientes), el importe recibido por el beneficiario en concepto de ayudas minimis, en concurrencia con el importe recibido por el importe concedido de las ayudas de hoteles, supera el importe máximo establecido en la normativa, y se ha concedido.

La Cámara de Andalucía también refiere que en 37 expedientes de la muestra analizada no se cumple el plazo de seis meses para resolver y notificar la resolución establecido según el artículo 18.2 del Decreto-ley 6/2021. Asimismo, un beneficiario no ha seguido dado de alta en el IAE, tal y como se establece en el artículo 8.2 del Decreto-ley 6/2021.

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Por otra parte, durante la revisión de las validaciones realizadas por el RPA, se ha detectado que en siete expedientes no se cumple el requisito de mantenimiento de los seis meses de alta en el IAE. Además, dos expedientes no cumplen con el mantenimiento de la inscripción en el Registro Turístico de Andalucía a los seis meses. Todos los expedientes se han concedido, ha explicado el órgano.

Además, ha trasladado que no se han realizado los controles sobre el terreno previstos, ni el plan para elaborar dichos controles, de acuerdo con el artículo 125 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 y el artículo 124 bis del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. Tampoco existe evidencia de la realización de los controles administrativos sobre las solicitudes regulados en la normativa.

Entre otras deficiencias reseñadas, la Cámara también ha precisado que el importe que la Dirección General de Turismo comunicado a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) asciende 17.578.500,59 euros, mientras que el importe concedido e incluido en el Sistema de Gestión Integral de Recursos Organizativos de la Administración de la Junta y sus entidades instrumentales suma la cantidad de 18.771.300,59 euros.

“Existe, por tanto, una diferencia de 1.192.800 euros, correspondiente a 204 expedientes (el 21% del total de los beneficiarios), que no se incluyen en el fichero extraído a partir de dicha base de datos”, ha aseverado el órgano, para remarcar que se incumple “con el requisito de publicidad, según el artículo 123.4 del Decreto Legislativo 1/2010 y el apartado 8 del artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, al no estar incorporados los datos de dichos expedientes en la BDNS”.

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ANÁLISIS DEL CONTROL INTERNO

Con respecto al análisis del control interno, se ha llevado a cabo una revisión del sistema de control interno y un análisis del entorno informático y de las validaciones ejecutadas por el RPA sobre el total de la población de expedientes de subvenciones concedidas. En relación al control interno, destaca que no existen mecanismos que incluyan la función de revisar el trabajo realizado por la gestión, supervisando, entre otras, la correcta aplicación de la normativa y procedimientos.

Según la Cámara de Andalucía, se han detectado además distintas debilidades en el entorno informático; por ejemplo, la autoevaluación aportada de la implantación del Esquema Nacional de Seguridad (ENS) no se encuentra aprobada oficialmente, y la fecha indicada se corresponde con el ejercicio 2020. Según se establece en el artículo 34 del RD 3/2010, de 8 de enero, se debe de realizar al menos cada dos años.

Sobre el funcionamiento del RPA, ha explicado que durante el proceso de verificación de los requisitos, entre otras “debilidades”, los documentos ‘pdf’ incluidos no han podido ser leídos de forma correcta, ya que se han producido errores que han conllevado que la validación se haya tenido que realizar de forma manual. Asimismo, señala que no existe una trazabilidad en ‘Incentiva’ que garantice quién ha realizado la validación, si ha sido el RPA o una persona.


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