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Andalucía impondrá una multa a Ryanair por cobrar un recargo por el equipaje de mano después de las quejas de Facua

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SEVILLA, 12 (EUROPA PRESS)

La Consejería de Salud y Consumo ha anunciado que sancionará a la compañía aérea Ryanair por el cobro de un recargo al viajar con equipaje de mano, tras las denuncias presentadas por Facua Sevilla en representación de cinco socios.

Según han confirmado fuentes de la Consejería a Europa Press, este expediente sancionador continúa en trámite, por lo que la cuantía de la penalización económica interpuesta que asciende a 46.250 euros por infracción “grave”, sólo es una propuesta, ya que puede variar de aquí a que termine la tramitación.

Al respecto, Facua Sevilla ha presentado alegaciones solicitando que se aumente la infracción a “muy grave”, lo que elevaría la cuantía de la multa a la horquilla de entre 60.001 y 1.000.000 euros. “La propuesta de resolución cita hasta 22 sentencias judiciales en las que se ha determinado la ilegalidad de estas prácticas”, según ha indicado asociación en una nota.

La organización de consumidores ha argumentado en sus escritos que estos cobros son una práctica “abusiva” que incumple la Ley de Navegación Aérea, donde se establece que “el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo” y solo contempla como excepción “razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto en relación con las características de la aeronave”.

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De igual forma, el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge como cláusulas “abusivas” todas aquellas “estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y las partes que se deriven del contrato”. Así como aquellas que “limiten los derechos del consumidor y usuario, determinen la falta de reciprocidad en el contrato y resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato”, entre otras.

Con este nueva sanción, el Ejecutivo andaluz reconoce en la propuesta de resolución que cobrar por llevar consigo el equipaje de mano es una cláusula “abusiva” y sancionable con multa, conforme a la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía. Esta propuesta de resolución a Ryanair por parte de la Junta de Andalucía se suma a la sanción de 107,8 millones de euros que ya le ha impuesto el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 por el cobro del equipaje de mano y otras irregularidades.

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Las denuncias de Facua por cobrar una cuantía extra por viajar con la maleta han derivado ya en sanciones de 179 millones de euros contra cinco aerolíneas. Además de los más de 107 millones a Ryanair, el Ministerio de Derechos Sociales ha multado a Vueling con 39,2, a EasyJet con 29,1, a Norwegian con 1,6 y a Volotea con 1,2 millones de euros por estas mismas prácticas, según ha señalado la organización de consumidores.

En este contexto, Facua ha reivindicado que los usuarios tienen derecho a reclamar la devolución de estos cargos extra y señala que está tramitando “numerosos casos” en defensa de afectados. En caso de recibir respuesta negativa de las aerolíneas, la asociación ha instado a interponer denuncias ante las autoridades de consumo de sus comunidades autónomas solicitando sanciones y a acudir a los tribunales. Los consumidores pueden hacerlo sin coste, ya que para cantidades inferiores a 2.000 euros no es obligatorio acudir con abogado ni procurador.

Cada vez que un consumidor presenta una denuncia que es competencia de la Administración de Consumo, se realiza el análisis de la misma, la investigación de los hechos denunciados, con el levantamiento de un acta de inspección donde se reflejan los posibles incumplimientos.

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La Administración de Consumo tiene encomendada la defensa de los derechos e intereses de los consumidores. En materia de disciplina del mercado, esta Administración actúa, bien de oficio, mediante la realización de campañas de inspección para vigilar el cumplimiento de la normativa en un determinado sector, o bien a instancia de parte, como consecuencia de las reclamaciones y denuncias que presentan las personas consumidoras y usuarias.

En ambos casos si se han detectado incumplimientos se acuerda el inicio de un procedimiento sancionador, en el cual la empresa puede presentar las alegaciones y proponer las pruebas que estime convenientes en defensa de sus intereses. El procedimiento termina con el dictado de la resolución, en la que se puede acordar la imposición de una multa por las infracciones cometidas. Frente a las resoluciones que se dicten, se podrán presentar recursos en vía administrativa y, finalmente, se podrán presentar recursos en vía judicial.


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