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Un juez anula una orden de derribo de una infravivienda de la Cañada por su antigüedad

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MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

El juez de lo Contencioso-Administrativo número 25 de Madrid ha dado la razón a una familia del sector 6 de Cañada Real al anular una orden de demolición sobre su vivienda al considerar que el Ayuntamiento de Madrid ha dejado transcurrir tanto tiempo sin actuar que el inmueble, construido a mitad de los años 80, ha pasado a situarse “fuera de ordenación” y por tanto no cabe su demolición.

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se estima un recurso contencioso-administrativo interpuesto por el afectado, a través del letrado Javier Rubio del Centro de Asesoría y Estudios Sociales (CAES), por el que se anula la orden de cese del uso y desalojo al entender que no es conforme a derecho.

La Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid establece un plazo de cuatro años desde que las obras están terminadas para derribar construcciones sin licencia. Pasado ese plazo, la construcción pasa a considerarse “fuera de ordenación” y ya no existe obligación de derribo, por lo que la vivienda puede permanecer para servir a su uso como vivienda con carácter indefinido.

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La sentencia estima que el Ayuntamiento de Madrid no puede derribar una vivienda que lleva terminada, en este caso varias décadas, ni siquiera alegando que el uso como vivienda no está permitido según el Plan de Ordenación Urbana, dado que lo que se pretende en definitiva es el derribo de una vivienda que ya ha ganado su derecho a permanecer por el transcurso de los años.

Además, el Juzgado declara probado que la familia ha venido pagando puntualmente los recibos de IBI que giraba el Ayuntamiento de Madrid hasta que en 2011 fueron retirados del catastro.

Los letrados detallan que la familia que reside en esta casa, de origen marroquí, entró a vivir en la misma en el año 2002 y cuenta con todos los derechos que otorga la Ley 2/2011 de Cañada Real, entre ellos, la posibilidad de hacer valer derechos adquiridos.

CORTE DE SUMINISTRO

El sector 6 de Cañada Real sufre desde hace cuatro años el corte de suministro de luz. A pesar de que muchas familias han solicitado celebrar contratos y pagar sus suministros, la Comunidad de Madrid descarta dicha solución, según apuntan los abogados.

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Sin embargo, el Defensor del Pueblo ha recomendado en tres ocasiones que se debe restablecer el suministro y facilitar contratos de luz, empezando precisamente por aquellas viviendas que se encuentran “fuera de ordenación”.

Por otra parte, el próximo 26 de febrero de 2025 se hará pública la Decisión del Comité de Derechos Sociales del Consejo de Europa por la que se declaran violados varios capítulos de la Carta Social Europea como consecuencia del corte de luz y la inacción posterior del Estado y sus administraciones.

Desde el despacho que ha llevado el asunto, se considera que esta sentencia avala la permanencia de viviendas que lleven terminadas más de cuatro años, debiendo celebrarse contratos de suministro para las familias que lo soliciten conforme marca el Pacto Regional de Cañada Real y las resoluciones del Defensor del Pueblo.


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