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La Audiencia de Barcelona archiva la querella de Carles Vallejo por las presuntas torturas en la Via Laietana de Barcelona

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Alega que los delitos han prescrito y hace alusión al principio de irretroactividad

BARCELONA, 10 (EUROPA PRESS)

La Sección 8 de la Audiencia de Barcelona ha confirmado el archivo de la querella interpuesta por Carles Vallejo por las torturas que sufrió en la Prefectura Superior de Via Laietana, en Barcelona, por parte de la Brigada Político Social en 1970, al entender que los delitos han prescrito, según el auto consultado por Europa Press.

Vallejo, que fue detenido por primera vez el 17 de diciembre de 1970 acusado de asociación ilícita, propaganda ilegal y atentado, asegura que durante su arresto fue sometido a interrogatorios continuos y torturas con el objetivo de que diese información sobre su participación en el PSUC y Comisiones Obreras, además de su actividad sindical en la empresa Seat, en la que trabajaba en aquel momento.

Vallejo sostiene que durante días recibió “golpes y patadas, habiéndosele encapuchado y maniatado por debajo de la rodilla, lo que le obligaba a estar durante horas en posición de cuclillas”, así como haber sido sometido a asfixia, según el auto.

La segunda detención se produjo el 3 de noviembre de 1972 y, tras quedar en libertad el 14 de diciembre tuvo que exiliarse, “siendo objeto de nueva condena también por el Tribunal de Orden Público, en fecha 5 de marzo de 1973 por un delito de propaganda ilegal, a una pena de 2 años y 4 meses de prisión y 10.000 pesetas de multa”, condena de la que fue indultado en 1976.

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“SOLO ES AMNISTIABLE LO QUE HA SIDO CONDENADO”

En lo referente a los hechos denunciados, el tribunal entiende que solo es amnistiable lo que previamente ha sido condenado, textualmente, y añade que “todos los hechos relatados en la querella están prescritos”.

Sostiene que la posibilidad de derogar la Ley de Amnistía no tendría en cuenta “otros institutos como la prescripción o la irretroactividad, pilares de nuestro Ordenamiento, que permiten explicar lo inadmisible de la investigación judicial de hechos cometidos hace más de 40 años y fuera, por tanto, de los plazos de prescripción, sin olvidar que no estaban tipificados cuando ocurrieron”.

Sobre si los hechos descritos pueden calificarse como crímenes de lesa humanidad y que por lo tanto serían imprescriptibles, concluye la Audiencia de Barcelona que según el Tribunal Constitucional los hechos relatados en la querella de Vallejo “no pueden calificarse como crímenes de lesa humanidad, porque tal tipo penal no existía en nuestro Derecho al tiempo de su comisión”.

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Si bien el tribunal reconoce que el Código Penal de 1973 hacía referencia al delito de torturas en el artículo 204 bis, “el artículo en cuestión no estaba en vigor” cuando sucedieron los hechos relatados por Vallejo, por lo que argumenta que no pueden retrotraer al Derecho al un momento en el que el tipo penal no existía.

Por todo ello, desestiman el recurso de apelación interpuesto por el auto juzgado por el Juzgado de Instrucción 18 de Barcelona y confirman su resolución de archivar la querella.

IRÍDIA Y ÒMNIUM RECURRIRÁN

Irídia y Òmnium Cultural, que recurrieron el primer archivo de la querella, han anunciado que ya está estudiando “vías internacionales para recurrir la sentencia, teniendo en cuenta que todos los tribunales del Estado español están desestimando todas las querellas por crímenes de lesa humanidad durante el Franquismo”, según han informado en un comunicado este lunes.

La abogada de Irídia, Laura Medina, que ha llevado el caso, ha criticado que “la Audiencia de Barcelona considera que es un requisito imprescindible para la aplicaión de la Ley de Amnistía la previa declaración de responsabilidad penal de una persona en concreto y por un delito concreto”.

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Desde Irídia remarcan que “los crímenes de lesa humanidad, de acuerdo con la normativa internacional de derechos humanos, no son amnistiables, y además, en ningún caso, puede suponer un obstáculo para iniciar una investigación penal”.

Por su parte, el presidente de Òmnium Cultural, Xavier Antich, ha tildado de “inadmisible” el nuevo archivo de la querella que, en sus palabras textuales, se suma a una dinámica ya no sólo de no reparación sino de no reconocimiento de las víctimas del Franquismo.

Desde la entidad remarcan que la querella presentada por Vallejo es la primera en el Estado español después de la entrada en vigor de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática, que establece que se debe “garantizar la tutela judicial en los procedimientos encaminados a la obtención de una declaración judicial sobre la realidad y las circunstancias de hechos pasados determinados relacionados con las víctimas”.


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