SANTIAGO DE COMPOSTELA, 7 (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Civil y Penal ha confirmado la sentencia dictada por la sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña en la que condenó a un hombre a cuatro años de prisión por agredir sexualmente a una menor de 17 a la que conoció en una discoteca.
Según ha trasladado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, el tribunal ha tenido en cuenta, para considerar probado que no hubo consentimiento, la declaración de la víctima, la grabación de una cámara de seguridad, declaraciones testificales, un mensaje de la víctima pidiendo ayuda y los informes de credibilidad emitidos por las psicólogas.
Los hechos ocurrieron en febrero de 2023 en la localidad coruñesa de Betanzos. Allí, el condenado estableció conversación con la joven a la salida de una discoteca.
Según recoge la sentencia, él le ofreció dar un paseo y ella aceptó. Durante el mismo, el varón le preguntó a la víctima si había mantenido relaciones sexuales previamente o si había practicado una felación, contestando la mujer que no quería hacer “nada sexual” con él.
En una zona apartada, comenzaron a besarse y, tras esto, cuando la chica estaba sentada, el varón le acercó el pene a la cara y se lo introdujo en la boca.
En esa situación, y con las manos detrás de la cabeza de la joven, ella apartó la cara y realizó varios gestos indicativos negándose, “que no fueron atendidos por el hombre”, que también realizó tocamientos en los pechos y en la entrepierna de la joven.
La sentencia también explica que gracias a las imágenes de una cámara de seguridad se observaron “gestos inequívocos” en los que la víctima ponía de manifiesto su malestar por lo que estaba ocurriendo. Aún así, y pese a “no ser consentidas”, el varón no empleó “violencia”.
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