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El secretario de Sant Antoni cuestiona el procedimiento por el que se desautorizó el chiringuito de Cala Gració

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La arquitecta municipal ratifica que el proyecto de la empresa no contaba con la documentación necesaria para ejecutar obras PALMA, 4 (EUROPA PRESS)

El que en 2018 fuera el secretario municipal del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany (Ibiza) ha cuestionado el procedimiento por el que el Consistorio acabó desautorizando la instalación de un chiringuito desmontable en Cala Gració al considerar que no siguió los cauces establecidos.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma ha continuado este martes el juicio contra el exalcalde de la localidad ibicenca, José Tur, y la que fuera su regidora de Urbanismo, Cristina María Ribas, quienes están acusados de un delito de prevaricación por la paralización del chiringuito. La Fiscalía y la defensa piden su absolución, mientras que la acusación particular interesa su inhabilitación.

El secretario municipal, quien ha comparecido en calidad de testigo, ha ratificado un informe por el cual se mostró conforme con la autorización inicial expedida por el Ayuntamiento para que la empresa demandante pudiera instalar el chiringuito en Cala Gració y en el que apuntaba que, para el inicio de su actividad, tan solo faltaba expedir un informe de final de obra.

No obstante, ha relatado, cuando el equipo de gobierno quiso dar marcha atrás en su decisión –lo que podía hacer si entendía que había contradicho el ordenamiento jurídico– lo hizo sin seguir el procedimiento establecido, como es la revisión de oficio de la licencia o su declaración de lesividad.

Por el contrario, ha continuado, el Ayuntamiento pidió “cuatro o cinco informes” –entre ellos, de la arquitecta municipal y de una técnica de urbanismo– que no estaban previstos en el procedimiento administrativo.

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“Aquí no había ningún cauce, simplemente se concedió la licencia y al ver el problema, que hubo protestas, se quiso dar marcha atrás, y entonces se pidieron informes y estos decían que estaba todo mal hecho. Si se hubiera querido encauzar el procedimiento mediante una revisión de oficio del expediente de la licencia sí que hubiera tenido sentido, pero no se hizo así”, ha señalado a preguntas del abogado de la acusación particular, Jaime Campaner, quien representa a la empresa perjudicada.

La resolución dictada en 2017 por la Demarcación de Costas de Baleares, en la que se dio luz verde a la instalación al considerar que la zona en la que se iba a instalar el chiringuito era un tramo urbano, “no incurrió en ningún defecto”, ha asegurado.

“El Ayuntamiento tenía dos posibilidad, intentar que Costas revocara la autorización, que no lo hizo, y tramitar el expediente de revisión de oficio, en el que el dictamen del Consell Consultiu fue desfavorable porque consideró que no existía causa de nulidad”, ha subrayado el secretario municipal. La vía de declaración de lesividad, ha añadido, no se empleó.

Cuestionado por la representante del Ministerio Público, el testigo ha asegurado que, pese a que la licencia otorgada por el Ayuntamiento era de instalación, éste se tramitó como de instalación y obras. “Yo defiendo que ahí el error está en la calificación del título. Entiendo que eso debió titularse como instalación y obra”, ha sostenido.

LA ARQUITECTA MUNICIPAL Y UN INGENIERO

Este martes también ha comparecido ante el tribunal la arquitecta municipal que emitió uno de los citados informes, en el que señaló que el proyecto presentado por la empresa sí tenía el visto bueno para llevar a cabo su actividad pero no incluía la documentación técnica específica para llevar a cabo obras.

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En el documento que expidió a instancias del Consistorio, el cual ha ratificado, la arquitecta señaló que el informe de Costas no contaba con los informes del departamento de Urbanismo que reflejaran la calificación del suelo ni con el perceptivo visto bueno del Consell insular al ser un caso con impacto ambiental.

También que el proyecto presentado por la mercantil a Costas y al Ayuntamiento eran diferentes. “En Costas se presentó como si fuera un chiringuito plano, como si estuviera sobre una playa de arena, y al Ayuntamiento como si estuviera sobre rocas, que implica la necesidad de unos anclajes”, ha indicado.

Por su parte, un ingeniero que ejercía participó en el proyecto ha asegurado que, desde su punto de vista, los permisos obtenidos eran de actividad y obra, y que esta última era “muy sencilla” y únicamente de ensamblaje, es decir, sin cimentación fija.

“Cuando acabaron las obras se presentó la documentación al Ayuntamiento y posteriormente recibimos la comunicación en la que se advertía que hacía falta solicitar el certificado de final de obra. Se solicitó, pero nunca se obtuvo”, ha apuntado.

De cualquier modo, ha agregado, el Consistorio nunca le ofreció la posibilidad de subsanar las supuestas deficiencias en el proyecto, sino que simplemente se desautorizó.

CRONOLOGÍA DE LOS HECHOS

Según relata la fiscal en su escrito de conclusiones provisionales, el 23 de mayo de 2018 el departamento de Urbanismo y Actividades del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany dictó un decreto en el que se advertía a la empresa perjudicada que no podía iniciar su actividad, pese a que inicialmente había recibido permiso, en tanto no se expidiera un certificado municipal de finalización de obras.

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Este decreto fue redactado con posterioridad a un acuerdo de la Junta de Gobierno municipal fechado a 25 de abril por el que se concedía a la misma compañía el permiso de instalación que previamente había solicitado.

En concreto, para la ocupación de bienes de dominio público marítimo-terrestre mediante la colocación de unas instalaciones desmontables –consistentes de un bar, un baño, una tarima de madera, 11 mesas y 38 sillas– en la zona de Cala Gració y por un periodo de cuatro años, entre 2017 y 2020.

Esta decisión, además, venía refrendada por la resolución dictada en julio de 2017 por la Demarcación de Costas, en la que se dio luz verde a la instalación.

De cualquier modo, apunta el Ministerio Público, los acusados apoyaron su decisión de desautorizar la instalación en sendos informes elaborados por una arquitecta municipal y una inspectora de urbanismo, en la que se advertía de las irregularidades que presentaba el proyecto del chiringuito y se cuestionaba su adaptación a lo verdaderamente autorizado.

Así, el fiscal considera que no ha quedado acreditado que el cambio de criterio respecto a la legalidad de la concesión estuviera motivado por su propósito de perjudicar a la empresa mediante una decisión injusta y que, por lo tanto, los hechos narrados no son constitutivos de delito y deben ser absueltos.


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