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La Junta aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica del SAS y de su Cuerpo de Letrados

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SEVILLA, 4 (EUROPA PRESS)

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el decreto del nuevo Reglamento de Ordenación de la Asistencia Jurídica del Servicio Andaluz de Salud (SAS) y del Cuerpo de Letrados y Letradas de la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía.

El Gobierno andaluz ha defendido que el beneplácito a esta iniciativa “es fundamental para garantizar una correcta asistencia jurídica al SAS, así como a sus autoridades y personal, en toda su gestión de la asistencia sanitaria”, además de argumentar que “supone una actualización imprescindible del actual Decreto 257/2005, que se ha quedado obsoleto en muchos de los aspectos de su regulación”, según una nota de la Junta.

Ha esgrimido la necesidad de emprender una adaptación a las normas aprobadas desde hace casi 20 años que afectan a su ámbito y con especial trascendencia la integración de las agencias públicas de emergencias sanitarias y su personal en el SAS que tuvo lugar en 2022.

El decreto consta de un preámbulo, un artículo único, cuatro disposiciones adicionales, una disposición derogatoria, dos disposiciones finales y un anexo, donde se dispone el texto del Reglamento, que tiene 49 artículos.

Entre las novedades con respecto al decreto en vigor figuran una nueva estructura orgánica y de funcionamiento de la asesoría jurídica del SAS para “abordar con eficiencia y calidad” las funciones encomendadas a los letrados de la Administración sanitaria.

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Entre las modificaciones más relevantes se establece la creación del Área de Coordinación General, la creación de adjuntías, la supresión de la Asesoría Jurídica Provincial de Sevilla o la creación del Consejo de Letrados y Letradas.

Este último es un órgano colegiado compuesto por la persona que ostente la Jefatura de la Asesoría Jurídica, que lo presidirá, y por las jefaturas de las distintas áreas, así como por la persona que tenga más antigüedad en la ocupación de la Jefatura de una de las asesorías jurídicas provinciales.

Actuará como órgano de consulta en determinados asuntos que afecten al funcionamiento interno de la Asesoría Jurídica.

Del mismo modo, el decreto regula de forma más detallada las particularidades y especialidades de cada orden jurisdiccional en las actuaciones judiciales de los letrados de Administración sanitaria en defensa de los intereses del SAS.

CAPÍTULO ENTERO A LA ASISTENCIA JURÍDICA A AUTORIDADES Y PERSONAL

Dedica un capítulo entero, el II del Título III, a la regulación de la asistencia jurídica a autoridades y personal del SAS, para garantizar el respeto del ejercicio de los derechos que tienen reconocidos los usuarios y el uso adecuado de los servicios sanitarios, pero garantizando la asistencia jurídica a los profesionales a través de las acciones procedentes ante las agresiones u otros hechos que perturben la asistencia sanitaria o el ejercicio de sus funciones y el cumplimiento de sus obligaciones como empleados públicos.

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También se regula la defensa de los empleados públicos, autoridades y personal del SAS en todos los procedimientos que se dirijan contra ellos como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones o cargos públicos, dedicando un artículo íntegro a ello.

Se cumple así con las directrices del Plan de Prevención y Atención frente a Agresiones a los Profesionales del sistema sanitario público de Andalucía.

Otra de las novedades del decreto son la ampliación del ámbito de las funciones consultivas de la Asesoría Jurídica del Servicio Andaluz de Salud y de los Letrados de Administración Sanitaria.

Se regulan los supuestos en los que es procedente esa consulta, es decir, de asesoramiento jurídico al SAS, el carácter y clase de los informes, la forma de solicitud, el plazo, el contenido, la actuación en caso de informes discrepantes y otras funciones de asesoramiento en Derecho.

Esta función de los letrados de la Administración sanitaria es fundamental “para garantizar la seguridad jurídica en la actuación de las autoridades y personal del Servicio Andaluz de Salud y es una garantía de legalidad para poder llevar a cabo una gestión de la prestación de la asistencia sanitaria de forma correcta y en beneficio de la salud de los ciudadanos”, ha argumentado el Gobierno andaluz en este sentido.

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El nuevo texto regula de forma exhaustiva el acceso y la provisión de los puestos de la Asesoría Jurídica.

Así se garantiza la calidad, capacidad y mérito de los letrados que acceden a la Administración Sanitaria, regulando de forma concreta y detallada el procedimiento selectivo, el Tribunal calificador, dada la singularidad del Cuerpo de Letrados de Administración Sanitaria, para garantizar su continuidad y supervivencia.

Andalucía es la única comunidad autónoma que cuenta con dos Cuerpos de Letrados, ha indicado en este sentido la Junta de Andalucía. Por último, también se actualizan las funciones de la Asesoría Jurídica en materia de estadísticas, seguimiento de estudios y documentación, para adaptarse así a la administración electrónica.


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