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Arquitectos técnicos lanzan ‘Test Radón’ para medir la concentración de este gas cancerígeno en edificios

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MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

El Colegio de la Arquitectura Técnica de Barcelona CATEB, junto con el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (CGATE), han desarrollado y lanzado la plataforma ‘Test Radón’ para facilitar tanto a usuarios como a técnicos la medición de la concentración de radón, un gas radiactivo cuya exposición durante un largo período de tiempo en espacios cerrados es perjudicial para la salud.

Asimismo, en un comunicado han informado de que la única forma de saber si un usuario está expuesto al gas radón es medir su concentración en el aire. Por ello, han puesto este método de mediación al alcance de los profesionales que quieran dar cumplimiento reglamentario a sus proyectos de edificación y, además, han facilitado a los ciudadanos la opción de conocer la concentración de radón en su edificio.

“Una rápida puesta en conocimiento de los niveles de gas radón en los edificios, ayudará a plantear soluciones con inmediatez. Y también reducir los índices de mortalidad por cáncer de pulmón, ya que, según la OMS, este gas es la segunda causa de este tipo de enfermedad, atribuible al 14% de los casos en España”, ha sostenido el presidente del CGATE , Alfredo Sanz.

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A su vez, esta entidad ha recordado que desde diciembre de 2019 existe una norma en España que obliga a los edificios nuevos a tomar medidas de protección, CTE-DB-HS-6, si estos están situados en zonas de riesgo (17% del territorio nacional), según el mapa del potencial de Radón en España del Consejo de Seguridad Nuclear.

En 2022 se publicó el Real Decreto 1029/2022, que obliga a los titulares de las actividades laborales que se desarrollen en planta bajo rasante o planta baja de los términos municipales de actuación prioritaria según el mismo mapa, a estimar el promedio anual de concentración de radón.

En la actualidad, como recuerdan, no existe ninguna obligación de medición de radón en edificios residenciales existentes, ni en las inspecciones relativas a la seguridad como la ITE o IEE, ni siquiera de informar a los compradores a la hora de realizar una compraventa.

A este respecto, según Sanz, “debe imperar la necesidad de una información mínima para los compradores en las transmisiones patrimoniales, que les proteja frente a diversos riesgos, incluidos los referentes a la salud, como la exposición al amianto, al plomo o al radón, dando cumplimiento al artículo 31 de la Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda que indica la información mínima en las operaciones de compra y arrendamiento de una vivienda”.

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