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Bruselas expedienta a España por no transponer los nuevos requisitos de resolución bancaria

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BRUSELAS, 31 (EUROPA PRESS)

La Comisión Europea ha abierto expediente a España este viernes por una transposición incompleta a su legislación nacional de la directiva que exige que los bancos y otras entidades de crédito establecidas en la UE cumplan un requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles para garantizar la eficacia de la resolución bancaria.

Junto a España, Bruselas ha expedientado a Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Eslovaquia, Estonia, Francia, Grecia, Italia, Letonia, Lituania, Polonia, Portugal, Rumanía y Suecia por no haber incorporado plenamente esta directiva.

Los Estados miembro debían incorporar a su legislación nacional antes del 13 de noviembre de 2024 esta nueva norma que modifica la directiva de recuperación y resolución bancaria con el objetivo de introducir proporcionalidad en la aplicación del colchón de deuda que deben mantener los bancos y empresas de inversión para poder absorber pérdidas.

La revisión introduce el concepto de “entidades de liquidación” y establece que, por regla general, estas no deben estar sujetas a los nuevos requisitos, a menos que la autoridad de resolución decida lo contrario en un análisis caso por caso.

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Los 17 Estados miembro afectados disponen ahora de dos meses para completar su transposición y notificar sus medidas de aplicación a la Comisión, que a falta de una respuesta satisfactoria, podrá darles un ultimátum de dos meses antes de elevar el caso al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).


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