ALMERÍA, 22 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de seis meses de prisión impuesta a un hombre por intentar besar a una niña de doce años en el portal de un edificio en Vícar (Almería) en 2020 tras avalar “coherencia” y “verosimilitud” de la versión ofrecida por la víctima a lo largo del procedimiento.
En la sentencia, consultada por Europa Press, el TSJA desestima los argumentos del acusado, quien alegaba “error en la valoración de la prueba” y vulneración de la presunción de inocencia.
La apelación se basa en una supuesta equivocación en la interpretación del testimonio de la menor, quien acusó al vecino de intentar agredirla en el portal de su edificio. Según la denuncia, el hecho ocurrió a las 23,00 horas, pero la defensa presentó una coartada que situaba al acusado en otro lugar a esa hora, acompañado de familiares y amigos.
En este punto, incide el tribunal en las comprobaciones hechas para comparar la versión que la menor, con 12 años, dio ante la Guardia Civil en un “medio hostil como el cuartel” y “ante una persona desconocida”, con la declaración que ratificó posteriormente –ya con 14 años– durante el juicio, en el que aportó “el mayor detalle posible de lo que le ocurrió”.
Recalca así el tribunal que las posibles diferencias en el relato obedecen al estado emocional en el que, tras el suceso, se hallaba la menor, quien aseguró que “en el cuartel se encontraba muy nerviosa”, lo que el TSJA ve “perfectamente natural”. De este modo, sostiene que sus ampliación de detalles no altera el “relato persistente en el tiempo” sino que, al contrario, respalda la verosimilitud de su testimonio.
La defensa también planteaba que un conflicto vecinal previo pudo influir en la declaración de la menor, pero el tribunal ha descartado esta hipótesis al no encontrar evidencia de animadversión entre las partes.
Así, el TSJA ha afirmado que el testimonio de la menor cumple con los criterios jurisprudenciales de ausencia de “incredibilidad subjetiva, persistencia en su declaración y corroboración periférica”. De tal forma que no se ha encontrado arbitrariedad ni irracionalidad en la valoración de estas pruebas por parte de la Audiencia Provincial de Almería, que inicialmente dictó la condena.
Además de la condena de seis meses de prisión, el hombre, acusado de un delito de abuso sexual a una menor de dieciséis años en grado de tentativa, ha sido condenado a la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima, lo que abarca su domicilio y su centro de estudios, durante un periodo de cuatro años.
Asimismo, se ha descartado sustituir esta medida por la expulsión del territorio nacional, ya que no cumple con el requisito mínimo de un año exigido. Además, se le ha prohibido comunicarse con la víctima por cualquier medio durante el mismo período.
También se le ha impuesto una inhabilitación especial de dos años para ejercer cualquier profesión u oficio, remunerado o no, que implique contacto regular y directo con menores.
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